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Tribunal Superior

MARTIN HAIDY -ROBO- RECURSO DE CASACION.-

El particular damnificado interpuso recurso de casación contra el auto interlocutorio que confirmó la falta de mérito en causa por robo. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis rechazó el recurso por inexistencia de error esencial en la valoración probatoria y confirmó la improcedencia de la pretensión, imponiendo costas al recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
PEX 70303/9
Casacion Robo Valoracion de la prueba Fuerza en las cosas Falta de merito Particular damnificado Costas al recurrente Penal Confirmacion de decision Stj san luis

¿Quién es el actor?

Particular damnificado (apoderado del particular damnificado, Martínez Haidy según carátula).

¿A quién se demanda?

Imputada Haydi Martín (causa por robo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión en casación del Auto Interlocutorio N°101 de fecha 26/07/2016 dictado por la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción, que rechazó la prosecución de la causa por ausencia de mérito para continuar (falta de elementos típicos del delito de robo).

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de casación interpuesto por el particular damnificado. Costas al recurrente. Sentencia firmada el 6 de noviembre de 2019 por los Dres. Cobo, Novillo y Corvalán.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, la Cámara en su sentencia de fecha 26 de julio de 2016 con voto del Dr. De Battista sostuvo que la única prueba de cargo directa que se verifica en el legajo es la declaración indicativa de la menor Lucia Belén Arias de la que surge de manera incontrastable la inexistencia de los elementos tipificantes del robo, esto es la fuerza en las cosas, ya que tal como allí lo expone la Srta. Arias '...HAYDI abrió con la llave del estudio, que tenía dos llaves del estudio en una taza y empezó sacar cosas....'"

"Que de lo expuesto se colige que no existen elementos concretos que permitan tener por acreditado el tipo penal, por lo que de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, considero que la decisión del a-quo ha sido correcta."

"En conclusión, corresponde el rechazo del recurso deducido, por lo que VOTO a esta SEGUNDA y TERCERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."

(Votos de los Dres. CARLOS ALBERTO COBO, LILIA ANA NOVILLO y MARTHA RAQUEL CORVALÁN, que comparten lo expuesto; dispositivo final: "SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación articulado. II) Costas al recurrente.")

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