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Tribunal Superior

JUAREZ CARLOS JAVIER C/ TECNOCOM SAN LUIS S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -REGULACION DE HONORARIOS-

Se solicitó excusación de la Sra. Ministro Dra. Lilia Ana Novillo en los autos JUAREZ CARLOS JAVIER c/ TECNOCOM SAN LUIS S.A. y OTROS s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - REGULACIÓN DE HONORARIOS. El Superior Tribunal hizo lugar a la excusación por existir parentesco en primer grado consanguíneo que, según el tribunal, configuraba causal prevista en el art. 17 incs. 1 y 2 y art. 30 del Código de Procedimientos Civil y Comercial provincial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 199777/10
Excusacion Incidente Parentesco Violencia moral Art. 17 Art. 30 Accidente o enfermedad laboral Regulacion de honorarios Asociart s.a. art Iurix exp n? 199777/10

¿Quién es el actor?

Dra. Lilia Ana Novillo (solicitante de la excusación).

¿A quién se demanda?

Incidente planteado en los autos caratulados "JUAREZ CARLOS JAVIER c/ TECNOCOM SAN LUIS S.A. y OTROS s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - REGULACIÓN DE HONORARIOS" (IURIX EXP Nº 199777/10).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apartamiento/excusación de la Sra. Ministro Dra. Lilia Ana Novillo para entender en la causa por parentesco en primer grado consanguíneo con la Ing. Silvina Baretto, Jefe de Agencia de la firma Asociart S.A. ART, invocando las causales del art. 17 incs. 1 y 2 y art. 30 del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la excusación solicitada por la Dra. Lilia Ana Novillo. Regístrese y notifíquese. Resolución firmada digitalmente por los Ministros Carlos Alberto Cobo, Martha Raquel Corvalán y Federico Osvaldo Lucero Gagliardi (17/12/2019).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha 12/11/19 (actuación Nº 12968218), la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO, se excusa de entender en la presente causa, en virtud de que la Ingeniera Silvina Baretto, con quien tiene parentesco en primer grado consanguíneo, es Jefe de Agencia de la firma Asociart S.A. ART, razón por la cual entiende se encuentra comprendida en lo dispuesto por el art. 17 incs. 1, 2 y art. 30 del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia."

"corresponde admitir el apartamiento solicitado, toda vez que constituye causal de excusación la circunstancia para la invocante, de que el parentesco acreditado le ocasione violencia moral que le impida expresarse con ecuanimidad de criterio, encontrándose así configurada las causales previstas en el art. 17 in fine incs. 1 y 2 (art. 30 del CPC y C)."

Bloque dispositivo final textual: "SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO.REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

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