FLORES ELBA ALEJANDRA C/ COLGATE PALMOLIVE S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE QUEJA.-
La actora promovió recurso de queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en causa por accidente o enfermedad laboral. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la queja y concedió la apertura del recurso de inconstitucionalidad por las causales reglada y no reglada de arbitrariedad, ordenando remitir los autos principales.
¿Quién es el actor?
FLORES Elba Alejandra (parte actora).
¿A quién se demanda?
COLGATE PALMOLIVE S.A. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por accidente o enfermedad laboral (acción civil laboral por accidente/enfermedad laboral), con recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que revocó la demanda.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de queja y se concedió el recurso de inconstitucionalidad por causal reglada y no reglada de arbitrariedad; se libró oficio para remitir los autos principales (Exp. 195197/10) y se acumularon los autos de la queja a los principales, recaratulando con "Recurso de Inconstitucionalidad".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que por lo expuesto, resulta a “prima facie” admisible y procedente el estudio del recurso promovido, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva.
Por ello, y de conformidad con el Sr. Procurador General,
SE RESUELVE: I) Hacer lugar al Recurso de Queja planteado, concediendo el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal reglada y no reglada de arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resuelva en oportunidad de la sentencia definitiva.
II) Librar oficio requiriendo la remisión de los autos “FLORES ELBA ALEJANDRA c/ COLGATE PALMOLIVE S.A. Y OTROS s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL” DOC 5-F-10" EXP 195197/10 y la documental perteneciente a la causa.
III) Fecho, acumúlese la presente queja a los autos principales y recaratúlese la causa agregando al final “Recurso de Inconstitucionalidad”.
REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
(Se incluye asimismo el fundamento previo que sostuvo la procedencia:)
"Que efectivamente, el auto denegatorio del recurso extraordinario de inconstitucionalidad analiza y se refiere a la causal no reglada de arbitrariedad, pero nada dice de la causal reglada esgrimida. Asimismo, se observa que la reserva de la cuestión constitucional efectuada al momento de expresar agravios se ha efectuado en forma correcta, y no de forma genérica y superficial, como sostiene el interlocutorio aquí atacado.
Del estudio de los fundamentos del recurso, en un estudio previsional, se observa que los agravios en que se funda la queja son conducentes para receptar la posible tacha de arbitrariedad de sentencia contra la cual fue articulado."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia; la resolución está firmada por los tres Ministros que integran el acuerdo.
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