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Tribunal Superior

INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS EN TERCERA INSTANCIA DEL DR. MARIO MINI EN AUTOS ARIAS JOSE ALFREDO C/ SONNE S.R.L. S/ COBRO DE PESOS- LABORAL -RECURSO DE CASACION-

Incidente de regulación de honorarios solicitado por el Dr. Mario Eugenio Mini por su actuación en la contestación del recurso de casación en autos laborales. El Superior Tribunal de Justicia reguló los honorarios en el 40% de las sumas que resulten por los honorarios de primera instancia y ordenó su devengamiento con interés conforme la tasa activa Cartera General del Banco de la Nación Argentina.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 221151/1
Incidente de regulacion de honorarios Casacion Contestacion de recurso 40% Honorarios de primera instancia Interes tasa activa cartera general Ley de honorarios n? iv-0910-2014 Autos laborales Arias c/ sonne s.r.l. Superior tribunal de san luis

¿Quién es el actor?

Dr. Mario E. Mini (peticionante) solicita la formación de incidente para que se le regulen honorarios por su labor en la tercera instancia.

¿A quién se demanda?

Incidente en autos "ARIAS JOSE ALFREDO c/ SONNE S.R.L. s/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN" (parte actora/demandada en el expediente principal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por la contestación del recurso de casación en la tercera instancia.

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios del Dr. Mario Eugenio Mini en el 40% de las sumas que resulten por sus honorarios correspondientes a primera instancia; dichas sumas devengarán interés conforme la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina, desde la fecha de firmeza del resolutorio hasta su efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento la labor realizada en esta instancia (contestación del recurso de casación), el resultado obtenido (favorable para la parte que representó) y de conformidad a lo previsto por el art. 14 de la Ley de Honorarios N° IV-0910-2014, se fija el cuarenta por ciento (40%) de las sumas que resulten por sus honorarios correspondientes a primera instancia (regulados en S.D. N° 87 del 27/12/18)."

"Finalmente, cabe resaltar que las sumas reguladas devengarán un interés que surja de aplicar la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina ... desde la fecha en que quede firme el presente resolutorio y hasta su efectivo pago."

Texto resolutorio final transcripto:

"SE RESUELVE: I) Regular los honorarios del Dr. MARIO EUGENIO MINI por su labor profesional en la contestación del recurso de casación, en el 40% de las sumas que resulten por sus honorarios correspondientes a primera instancia. II) Las sumas reguladas devengarán un interés que surja de aplicar la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina desde la fecha en que quede firme el presente resolutorio y hasta su efectivo pago. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

(No se registran votos en disidencia en la resolución aportada.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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