GOMEZ ROQUE RAUL C/ PREVENCION A.R.T. S.A. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El actor promovió demanda laboral por cobro de pesos derivada de prestaciones sistémicas en el marco de la Ley 24.557. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la aseguradora por improcedencia de la tacha de arbitrariedad y ordenó la pérdida del depósito; costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
GÓMEZ ROQUE RAÚL.
¿A quién se demanda?
PREVENCIÓN A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos - reclamo laboral vinculado a prestaciones sistémicas bajo la Ley 24.557 (daño resarcible).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por PREVENCIÓN A.R.T. S.A., con pérdida del depósito; costas a la vencida. Voto mayoritario de los Dres. Martha Raquel Corvalán, Lilia Ana Novillo y Carlos Alberto Cobo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Advierto que el recurso observa los plazos previstos por el art. 289 del CPC y C, en tanto la sentencia apelada fue notificada el 03/09/2018 y el recurso presentado el 06/09/2018 y fundado el 17/09/2018; se dirige a cuestionar una sentencia definitiva (art. 286 CPC y C), y la parte recurrente cumplió con el depósito impuesto por el art. 290 del CPC y C (ESCEXT Nº 10025876 de fecha 17/09/18). En razón de lo expuesto y en mérito a lo establecido por el art. 301 inc. a del CPC y C, el recurso articulado deviene formalmente admisible, por lo que VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la AFIRMATIVA."
"Que bajo tales pautas, y luego de merituar los fundamentos recursivos advierto que la Aseguradora, no obstante invocar las causales de casación previstas en los incs. a) y b) del art. 287 del CPC y C, ajustó sus agravios a la arbitrariedad de la sentencia, lo que entiendo sella la suerte del recurso. En efecto, conforme se ha dicho: 'la tacha de arbitrariedad – doctrina admitida como creación pretoriana por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y seguida por este Tribunal- no es hábil ni suficiente para fundamentar un recurso de casación civil.'"
"Por consiguiente, y en razón de no verificarse en el caso la errónea aplicación o interpretación legal como sostiene el recurrente, me pronuncio por el rechazo del recurso y VOTO a esta SEGUNDA y TERCERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."
"De acuerdo a lo expuesto, corresponde dictar resolución rechazando el recurso de casación interpuesto, con pérdida del depósito. ASI LO VOTO. ... Las costas se imponen a la vencida (art. 68 del CPCC). ASI LO VOTO."
¿Cómo votaron los jueces?
Los tres Ministros (Corvalán, Novillo y Cobo) votaron en iguales términos; no se registran disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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