JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

DOMINGUEZ JOSE CARLOS C/ RESTAURANTE LA FAROLA LUIS ANGEL GONZALEZ Y OTROS INDEMNIZACION POR DESPIDO INMOTIVADO EMBARGO PREVENTIVO - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.-

El actor demandó por indemnización por despido y reconocimiento de relación laboral contra Restaurante La Farola, Luis Ángel González y otros. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad por arbitrariedad, revocó la sentencia de Cámara y remitió las actuaciones para que una Cámara competente dicte nueva sentencia por jueces hábiles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 177319/8
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Arbitrariedad de sentencia Relacion laboral Despido Ley de contratos de trabajo Valoracion de la prueba Remision Costas San luis

¿Quién es el actor?

Domínguez José Carlos.

¿A quién se demanda?

Restaurante La Farola, Luis Ángel González y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por despido (reconocimiento de relación laboral, embargo por despido preventivo e inmotivado).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad; se revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones y se remitieron las actuaciones a la Cámara competente integrada por jueces hábiles para que dicte nueva sentencia. Costas a la parte vencida. Sentencia firmada el 27/05/2020.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que de los fundamentos del recurso surge que esta parte entiende que la sentencia recurrida encuadra en los supuestos de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, por considerar que viola el principio de igualdad y de seguridad jurídica de los arts. 16, 17, defensa en juicio y de propiedad, art. 18, todos de la Constitución Nacional y arts. 11, 16, 35 y 43 de la Constitución Provincial... Bajo el punto IV.- LA ARBITRARIEDAD EN CONCRETO: manifiesta que la causal de arbitrariedad se ha configurado de forma flagrante, por cuanto el fallo cuestionado se ha basado en la total y absoluta voluntad de los Jueces, no revistiendo (ni siquiera) de una mínima conclusión razonada del derecho vigente, dejando de aplicar la Ley de Contratos de Trabajo, desconociendo -controvertidamente porque la Cámara reconoce una relación laboral eventual- la existencia COMPROBADA de una relación de trabajo entre el actor y los demandados, materia que se analizó en primera instancia mediante un vasto fallo."

"Que de la lectura del fallo impugnado surge que el fundamento principal, por el cual se resuelve revocar la sentencia de primera instancia con relación a la existencia o no de relación laboral se limita a sostener que: '… la relación laboral que existía entre actora y demandada era eventual y para eventos determinados con frecuencia de una o dos veces…' (Sic.). ... No se pronuncia correctamente sobre la cuestión sometida a estudio, realizando una calificación dogmática, sin aplicación práctica, derivando en un análisis parcial."

"Lo señalado resulta suficiente para descalificar el fallo como acto jurisdiccional válido sobre la base de la conocida doctrina del Tribunal sobre arbitrariedad de sentencias. De ahí que corresponda devolver las actuaciones a la Cámara competente a fin de que por medio de Jueces hábiles se dicte un nuevo pronunciamiento que atienda de manera apropiada los recursos interpuestos por las partes."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue adoptada por unanimidad (Ministros Lilia Ana Novillo, Carlos Alberto Cobo y Martha Raquel Corvalán votaron a favor).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.