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Tribunal Superior

BORDALLO GUILLERMO GABRIEL C/ SAN LUIS CTV S.A. Y OTRO S/ MEDIDA CAUTELAR -RECURSO DE CASACION-

El actor promovió acción de nulidad de asambleas societarias y posterior regulación de honorarios. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de casación, revocó la sentencia de alzada, ordenó la devolución del depósito y que se regulen honorarios considerando el proceso como de monto indeterminado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 256270/13
Nulidad de asamblea Honorarios profesionales Monto indeterminado Regulacion de honorarios Recurso de casacion Devolucion de deposito judicial Costas Ley arancelaria iv-0099-2014 Proceso civil y comercial Stj san luis

¿Quién es el actor?

BORDALLO GUILLERMO GABRIEL.

¿A quién se demanda?

SAN LUIS CTV S.A. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de asambleas societarias y cuestiones conexas; posterior regulación de honorarios profesionales derivados de ese proceso.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación, se revocó la sentencia de segunda instancia con devolución del depósito judicial, se ordenó bajar los autos para regular honorarios profesionales considerando el proceso como de monto indeterminado y costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en efecto en fecha 27/05/19 en los autos: 'RUSSO MARIANA SOLEDAD c/ CONARSA S.A. s/ NULIDAD DE ASAMBLEAS SOCIETARIAS – RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD' – IURIX EXP N° 300338/16 STJSL-S.J.–S.D. Nº 089/19 se dijo: '… En el caso bajo examen, anticipo que el recurso no puede prosperar'."

"Que el Tribunal a quo al resolver, consideró las concretas pretensiones deducidas en la demanda, cuales son: 'la declaración de la nulidad de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebradas con fecha 27/02/2015 (…), la nulidad de decisiones asamblearias descriptas en el punto VI, adoptadas en la Asamblea General Ordinaria de accionistas celebrada con fecha 30/06/2016 (…), la remoción por justa causa del Directorio de la Sociedad(…)', y en orden a ello se ha considerado, 'no existe un monto concreto y determinado cuando se acciona por nulidad asamblearia, o cuando se trata de impugnar determinada resolución tomada en su seno, de suspender la realización de una futura asamblea, o los efectos de una decisión.'"

"Por todo ello, y oído al Sr. Procurador General, propongo que se recepte favorablemente el Recurso de Casación, se revoque la sentencia de segunda instancia, y se regulen los honorarios considerando el presente proceso como de monto indeterminado. Por ello, VOTO a estas SEGUNDA y TERCERA CUESTIÓN, por la AFIRMATIVA."

Además, el bloque dispositivo final expresa textualmente:

"SE RESUELVE: I) Hacer lugar al Recurso de Casación interpuesto y en consecuencia revocar la sentencia de segunda instancia con devolución del depósito judicial. II) Bajen los autos para que se proceda a regular los honorarios profesionales considerando el presente proceso como de monto indeterminado. OFÍCIESE a los efectos. III) Costas a la vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

(No consta voto en disidencia; los Dres. COBO y CORVALÁN comparten el voto de la Sra. Presidente NOVILLO.)

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