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Tribunal Superior

INCIDENTE RUDOY DELIA ANALIA C/ AUTOS MEDITERRANEOS S.A. - S/ APELACION DE SANCION DISCIPLINARIA.-

El abogado promovió recurso contra el apercibimiento disciplinario impuesto por la Jueza del Juzgado Laboral Nº1 por expresiones consideradas indecorosas. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación y confirmó la sanción, por entender que la censura se fundó en “la manera y las expresiones vertidas” y no en el contenido jurídico de las críticas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 267819/1
Aperibimiento Sancion disciplinaria Decoro Ofensa a la autoridad Apelacion Articulo 31 loaj Derecho de defensa Juzgado laboral Conducta profesional Confirmacion.

¿Quién es el actor?

Dr. Sebastián A. Ponce Bertomeu (abogado apercibido).

¿A quién se demanda?

Jueza del Juzgado Laboral Nº 1 / actuación administrativa judicial.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revocatoria del apercibimiento disciplinario impugnado (apelación en subsidio art. 31 in fine LOAJ).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación venido en subsidio y, por ende, se confirmó la sanción impuesta por la Jueza (aperibimiento por expresiones indecorosas/injuriosas).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Que utilizar la insistencia acerca de que ‘es cierto’ lo manifestado en los escritos considerados ofensivos y que generaron la aplicación de la sanción, no se aprecia como idóneo para rebatir el fundamento de la sanción expresado por la Jueza que la aplicó; en tanto es evidente que no se sanciona al letrado por ‘el contenido’ de lo sostenido jurídicamente sino por ‘cómo lo dice’, es decir por las expresiones elegidas por el abogado para dirigirse al magistrado, que no se compadecen con el decoro ni con la dignidad de trato que merecen los Jueces como eminentes responsables de la administración de justicia en la sociedad política.

Es la propia Jueza la que al rechazar la revocatoria, aclaró el punto al decir que: ‘debo poner de resalto que no es motivo de sanción marcar errores judiciales, lo que es motivo de sanción es la manera en que se realiza y las expresiones vertidas por el Dr. Ponce Bertomeu’.”

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final (bloque dispositivo) dispone el rechazo del recurso; firmada por los Dres. Lilia Ana Novillo, Andrea Carolina Monte Riso, Cecilia Chada y Jorge Alberto Levingston, lo que confirma la decisión adoptada por la mayoría del Tribunal.

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el texto remitido; prevalece el bloque dispositvo citado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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