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Tribunal Superior

CAMPOY CARLOS ALBERTO C/ PROVECAR S.A. Y OTROS S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE QUEJA

El actor promovió recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad contra la confirmación de rechazo de su demanda laboral por accidente. El Superior Tribunal admitió la queja por entender que existen prima facie derechos y garantías constitucionales vulnerados y ordenó la remisión de los autos principales para estudio del fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 356721/20
Recurso de queja Inconstitucionalidad Arbitrariedad de sentencia Admisibilidad Accidente laboral Nexo causal Derecho laboral Remision de autos Recurso extraordinario Provincia de san luis

¿Quién es el actor?

CAMPOY CARLOS ALBERTO (apoderado del actor interpone la queja).

¿A quién se demanda?

PROVECAR S.A. y MAPFRE ARG ART S.A. (autos principales caratulados “CAMPOY CARLOS ALBERTO C/ PROVECAR S.A. Y OTROS S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - EXP 235638/12”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral; se cuestiona la sentencia que declaró la inexistencia de nexo causal y rechazó la demanda, además de declarar inconstitucionalidad del art. 39.1 ley 24.557 (según se expone en agravios).

¿Qué se resolvió?

Se admitió la queja y se concedió el recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia para su estudio de fondo; se libró oficio requiriendo la remisión de los autos principales y se acumuló y recaratuló la causa agregando “Recurso de Inconstitucionalidad”.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a los efectos de merituar la admisibilidad del recurso en estudio, se advierte que resultarían “prima facie” derechos y garantías constitucionales vulneradas en la presente causa, luciendo asimismo verosímiles los agravios esgrimidos por el recurrente, para receptar la posible tacha de arbitrariedad de sentencia contra la cual fue articulado."

"En tales hipótesis este Superior Tribunal, al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y como excepción, ha abierto el recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia (causal no reglada y pretoriana), para mantener la supremacía constitucional.-"

"Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General Subrogante, SE RESUELVE : I) Admitir la queja planteada concediendo el Recurso de Inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva. II) Librar oficio requiriendo la remisión de los autos principales. III) Fecho, acumúlese la presente queja a los autos principales y recaratúlese la causa agregando al final “Recurso de Inconstitucionalidad”. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución fue firmada digitalmente por los Sres. Ministros Lilia Ana Novillo, Andrea Carolina Monte Riso, Jorge Alberto Levingston y Javier Solano Ayala. La Dra. Cecilia Chada no firma por encontrarse excusada.

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