INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS DE TERCERA INSTANCIA LOPEZ ANDRES OMAR C/ MUNICIPALIDAD DE CONCARAN - S/ DA?OS Y PERJUICIOS - RECURSO DE APELACION DIRECTO.-
Incidente de regulación de honorarios por actuación en tercera instancia en causa por daños y perjuicios. El Superior Tribunal reguló los honorarios del Dr. Héctor Loreto Baigorria en el 40% de los honorarios de primera instancia en doble carácter y ordenó su actualización desde la exigibilidad con interés según la tasa activa Cartera General del Banco Nación.
¿Quién es el actor?
Dr. Héctor Loreto Baigorria, en su carácter de apoderado y patrocinante de la parte actora.
¿A quién se demanda?
Incidente vinculado a los autos principales “LÓPEZ ANDRÉS OMAR c/ MUNICIPALIDAD DE CONCARAN s/ DAÑOS y PERJUICIOS”; la regulación se solicita por la actuación del letrado en esta instancia frente al recurso de apelación directo deducido por la demandada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por actuación en tercera instancia (instancia de apelación).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al incidente y se regularon los honorarios del Dr. Héctor Loreto Baigorria en el cuarenta por ciento (40%) de los honorarios regulados en primera instancia en el doble carácter. Además, la suma regulada deberá actualizarse desde que sea exigible y hasta su efectivo pago, devengando interés según la tasa activa Cartera General (préstamos) nominal anual del Banco de la Nación Argentina.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"3) Que siendo la presente una instancia de apelación, debe estarse a lo previsto por el art. 14 de la Ley Nº IV-0910-2014, el que dispone que los honorarios correspondientes a segunda o ulterior instancia se regularán en el cuarenta por ciento (40%) de los honorarios de primera instancia. En consecuencia, teniendo en cuenta los honorarios de primera instancia dictados en los autos principales EXP Nº 178009/9, según SD Nº 154/14 de fecha 03/10/14 (actuación Nº 3433841), de conformidad al art. 14 de la Ley de Honorarios Profesionales y atento al resultado favorable obtenido en los presentes autos, corresponde fijar el cuarenta por ciento (40%) de los honorarios regulados en primera instancia en el doble carácter."
"4) A su vez, la suma regulada deberá ser actualizada desde que sea exigible y hasta su efectivo pago (SD Nº 154/14 de fecha 03/10/14), devengando un interés que surja de aplicar la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina (Cfr. STJSL-S.J. – S.D. Nº 161/17, del 23/12/17, 'TORRES ÁNGEL MARTÍN c/ ALTA TENSIÓN S.A. y OTROS s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN' - IURIX EXP N° 217969/11)."
Bloque dispositvo final transcrito: "SE RESUELVE: I) Regular los honorarios del Dr. HÉCTOR LORETO BAIGORRIA, por su actuación en esta instancia, en el cuarenta por ciento (40%) de los honorarios regulados en primera instancia en el doble carácter. II) La suma regulada deberá ser actualizada desde que sea exigible y hasta su efectivo pago (SD Nº 154/14 de fecha 03/10/14), devengando un interés que surja de aplicar la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
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