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Tribunal Superior

FLORES LILIANA MARISA C/ ASOCIACION EDUCACIONAL EDUARDO GALEANO S/ COBRO DE PESOS - LABORAL -RECURSO DE CASACION-

Se planteó excusación de la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada por su vínculo con la Jueza Dra. María Nazaren a Chada en causa laboral caratulada FLORES LILIANA MARISA c/ ASOCIACIÓN EDUCACIONAL EDUARDO GALEANO s/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN. El Superior Tribunal hizo lugar al apartamiento por hallarse configurada la causal prevista en el art. 194 de la Constitución provincial y el art. 30 del CPC y C, y dispuso su registro y notificación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 278152/15
Incidente Excusacion Apartamiento Art. 194 constitucion pcia. san luis Art. 30 cpc y c Laboral Cobro de pesos Recusacion Superior tribunal Intervencion de magistrada

¿Quién es el actor?

FLORES LILIANA MARISA (parte actora en el expediente de fondo).

¿A quién se demanda?

ASOCIACIÓN EDUCACIONAL EDUARDO GALEANO (parte demandada en el expediente de fondo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos (causa laboral; el expediente principal es un recurso de casación: IURIX EXP Nº 278152/15).

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la excusación planteada por la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada y admitir su apartamiento para entender en la causa, por encontrarse comprendida la causal del art. 194 de la Constitución de la Provincia y art. 30 del CPC y C. Se ordenó registrar y notificar la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que mediante actuación N° 15336956, de fecha 04/12/2020, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el proceso como Juez de la Cámara, la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C.

2) Que atento a lo manifestado, y constancias de actuación N° 13675886, de fecha 16/03/2020, se verifica la intervención de la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C.

Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

Firma / mayoría: La resolución se encuentra firmada digitalmente por los Sres. Ministros Lilia Ana Novillo, Andrea Carolina Monte Riso y Jorge Alberto Levingston.

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