INCIDENTE DE CASACION - VERA ARIEL LUIS (IMP)- ZARATE ERNESTO FABIAN (DAM)- LESIONES GRAVES.
La defensa de Ariel Luis Vera impugnó por casación la sentencia condenatoria por lesiones graves, solicitando la aplicación de la legítima defensa o, subsidiariamente, una calificación menos gravosa. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso, entendiendo que la sentencia de mérito está debidamente fundada en la valoración probatoria y que no se acreditó la existencia de una agresión ilegítima ni exceso justificable en la defensa.
¿Quién es el actor?
Defensa técnica de ARIEL LUIS VERA (Defensor Dr. Esteban José Sala).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Excma. Cámara del Crimen Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial (causa contra VERA; damnificado: ERNESTO FABIÁN ZARATE).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación contra la sentencia condenatoria por el delito de LESIONES GRAVES (arts. 90 y 45 C. Penal) de fecha 02/12/2019; se alega error en la valoración probatoria, se interpone la causa de justificación de legítima defensa (art. 34 inc. 6 CP) y subsidiariamente el exceso de legítima defensa (art. 35 CP), y se objeta la dosimetría de la pena (3 años prisión).
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de casación; sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la sentencia se ha dicho que: '… Así ha quedado demostrado que el hecho ocurrió en fecha 4 de enero del año 2017, siendo aproximadamente, entre las 6 y 7 de la mañana, en el domicilio sito en calle Colón nro. 1076 Dpto. 1 de esta ciudad, el imputado Ariel Luis Vera arremetió contra la humanidad del ciudadano Ernesto Fabián Zarate, provocándole una serie de lesiones que pusieron en riesgo su vida y que lo inhabilitaron para trabajar más de 30 días. Valiéndose para ello del empleo de un elemento punzo cortante – cuchillo. Ello surge así probado con el Acta de procedimiento policial de fs. 1, el que fuera ratificado por el personal policial, con los testimonios del oficial Principal Víctor Cornejo y de Franco Rosales…'"
"Por lo que no es posible receptar el argumento de la legítima defensa, desde que no existió en la especie el requisito de la 'agresión ilegítima'. Y más allá de rechazar la existencia de una 'agresión ilegítima' de parte de ZARATE hacia VERA, aún en el caso que eventualmente así se considere, la respuesta que efectuó el imputado ante la supuesta acción desplegada por la víctima no fue para nada 'necesaria' en el alcance que la moderna doctrina le confiere."
"Los cuestionamientos de la defensa no logran conmover los fundamentos de la sentencia, cuyo marco convictivo surge de las pruebas rendidas en la causa. Tampoco se señala la existencia de discordancias relevantes entre el contenido de las declaraciones rendidas en el debate, y las relevadas en la sentencia. El razonamiento de la sentencia aparece reflejado de manera clara, tanto respecto al hecho mismo como a su desarrollo, valoración de la prueba, autoría y encuadre legal."
(Voto decisorio en el bloque dispositivo)
"SE RESUELVE: I) RECHAZAR el Recurso de Casación interpuesto por la defensa de ARIEL LUIS VERA. II) Sin costas por no corresponder. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
los Dres. Cecilia Chada, Jorge Alberto Levingston, Jorge Omar Fernández y Diana María Bernal coincidieron en la negativa a las cuestiones y en el rechazo del recurso. Nota: la Dra. Andrea Carolina Monte Riso no firma por encontrarse excusada.
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