LUCERO GLELLEL JESSICA MARIA C/ ELECTRONICA MEGATONE S.A. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE QUEJA.-
La parte actora planteó recusación con causa contra la Ministra Dra. Andrea Carolina Monte Riso por haber intervenido anteriormente como Fiscal de Cámara y emitir dictamen sobre el mismo expediente. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la recusación y dispuso el apartamiento de la magistrada por estar comprendida en la causal del art. 17 inc. 7° y art. 30 del CPC y C.
¿Quién es el actor?
Apoderado de la actora Lucero Glellel Jessica María (recusante en autos de recurso de queja por recurso extraordinario de inconstitucionalidad).
A quién se demanda (Demandado / recusado): Sra. Magistrada Dra. Andrea Carolina Monte Riso (Ministra del Superior Tribunal de Justicia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recusación con expresión de causa solicitando el apartamiento de la Dra. Monte Riso por haber emitido opinión previa como Fiscal de Cámara Nº 1 en el expediente principal (EXP Nº 308476/17), mediante Dictamen Nº 50/20 de fecha 06/07/2020, respecto del recurso extraordinario de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la recusación con causa y disponer el apartamiento de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso. Se ordena registrar y notificar la resolución. Firmado por los Ministros Levingston, Fernández, Bernal y Chada (abril 7 de 2021).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Manifiesta que motiva la recusación, el hecho de que la Dra. Monte Riso ya ha emitido opinión o dictamen en el presente caso cuando anteriormente era Fiscal de Cámara N° 1, al contestar con fecha 06/07/2020 y mediante Dictamen N° 50/20, la vista ordenada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 sobre la admisibilidad del Recurso de Inconstitucionalidad que oportunamente interpusiera su mandante."
"Que examinados los razonamientos desarrollados tanto por el recusante como por la Sra. Magistrada, quien ha intervenido como Fiscal de Cámara Nº 1, en los autos principales 'LUCERO GLELLEL JESSICA MARIA C/ ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. S/ COBRO DE PESOS LABORAL (DIGITAL)' EXP Nº 308476/17 y en tal carácter ha contestado la vista conferida en fecha 01/07/20, emitiendo opinión y dictamen en fecha 06/07/20 (Actuación Nº 14321755), sobre el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la actora, corresponde hacer lugar a lo solicitado y disponer su apartamiento, en virtud de lo prescripto por el art. 30 del CPC y C., al estar comprendida en la causal del art. 17 inc. 7° del mismo código de rito."
"Las causales de excusación deben ser interpretadas con criterio amplio, admitiéndose la misma cuando los escrúpulos invocados se funden en razones serias, pues es necesario evitar cualquier tipo de sospecha sobre la imparcialidad con que habrá de actuar el magistrado así como posibilitar que el mismo pueda emitir su opinión con plena libertad e independencia, condiciones indispensables para mantener la autoridad y el prestigio del Poder Judicial."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución se encuentra firmada digitalmente por los Sres. Ministros JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JORGE OMAR FERNÁNDEZ, DIANA MARÍA BERNAL y CECILIA CHADA (acuerdo mayoritario que contiene el dispositvo transcripto).
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