JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

REYES CLEOFE ELIZABETH C/ CAMARA DE LA INDUSTRIA DE VILLA MERCEDES Y OTROS S/ COBRO DE PESOS - LABORAL -RECURSO DE CASACION-

La actora Cleofe Elizabeth Reyes promovió demanda laboral por cobro de pesos y daño moral por despido discriminatorio y acoso laboral contra la Cámara de la Industria de Villa Mercedes y otros. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la demandada por improcedencia, por pretender una revisión de valoración probatoria ajena al fuero extraordinario, con pérdida del depósito y costas a la recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 206503/11
Casacion Improcedencia Valoracion probatoria Despido discriminatorio Acoso laboral Dano moral Perdida del deposito Costas Laboral Seguridad juridica.

¿Quién es el actor?

REYES, CLEOFE ELIZABETH.

¿A quién se demanda?

CÁMARA DE LA INDUSTRIA DE VILLA MERCEDES y otros (entre ellos MARTÍN ALBERTO JOSÉ ANDRE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos (reclamos laborales) y acción por daños y perjuicios — daño moral por despido discriminatorio, mobbing y acoso laboral; además diferencias salariales e indemnizaciones por despido sin causa.

¿Qué se resolvió?

Rechazó el Recurso de Casación interpuesto por la demandada (presentado el 21/06/2019 contra Sentencia Definitiva Nº 65/2019 de fecha 12/06/2019), con pérdida del depósito (art. 290 CPC y C) y costas a la recurrente vencida. Votación mayoritaria por unanimidad de los Ministros presentes (Dres. Monte Riso, Chada, Levingston y Fernández); la Dra. Bernal ausente por licencia. Fecha de resolución: 14/04/2021.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del fallo):

"En consecuencia, siendo la cuestión planteada ajena al ámbito de la casación, el medio recursivo en estudio deviene improcedente, debiendo destacarse, nuevamente, que el recurso de casación no procura una tercera instancia con el fin de revisar la justicia material de las sentencias de tribunales de grado, sino antes bien el restablecimiento del imperio de la ley a través de la correcta hermenéutica en atención principalmente a consideraciones de interés público vinculados con la seguridad jurídica, aunque sin excluir la finalidad de justicia en el caso concreto."

"…si de la lectura del recurso de casación se advierte que se plantean cuestiones de naturaleza esencialmente probatoria; estas son ajenas a la Casación según pacífico criterio de este Alto Cuerpo, puesto que la finalidad institucional de este carril impugnatorio busca el cumplimiento de la ley, la unificación de la interpretación del derecho y por ende debe aprehender los hechos como vienen relatados por los jueces de grado. La casación no es una tercera instancia y no está en la esfera de sus poderes valorar la prueba, ni juzgar los motivos que formaron la convicción de la Cámara porque este recurso se concede solamente contra la sentencia cuya injusticia provenga de un error de derecho excluyendo el error de la determinación de las circunstancias de hecho del caso sometido a juicio…"

Bloque dispositivo final (transcripción literal):

"SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso de Casación, con pérdida del depósito (art. 290 CPC y C). II) Costas a la recurrente vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La Sra. Ministra Andrea Carolina Monte Riso expuso los fundamentos y votó por la afirmativa en la admisibilidad y por la negativa en cuanto a la procedencia por causal de casación; los Dres. Cecilia Chada, Jorge Alberto Levingston y Jorge Omar Fernández adhirieron en iguales términos. No se registra voto en disidencia.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.