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Tribunal Superior

SALINAS HUGO DIEGO C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE QUEJA.-

El actor promovió demanda laboral por cobro de pesos contra LA SEGUNDA ART S.A. La Suprema Tribunal rechazó el recurso de queja interpuesto por la parte demandada contra la resolución de la Cámara que confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, por entender que los agravios constituyen mera discrepancia en la valoración probatoria y no acreditan arbitrariedad constitucional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 366374/21
Recurso de queja Arbitariedad Valoracion probatoria Pericia medica Cobro de pesos Art Condena Costas Instancia extraordinaria Trabajo

¿Quién es el actor?

SALINAS, HUGO DIEGO.

¿A quién se demanda?

LA SEGUNDA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos — reclamo laboral derivado de incapacidad/enfermedades y monto de condena.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el Recurso de Queja interpuesto el 23/02/2021 por la parte demandada contra la Sentencia Interlocutoria Nº 30/2021 de la Cámara (que denegó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad provincial respecto de la Sentencia Definitiva Nº 121/2020 que confirmó parcialmente la primera instancia y modificó el monto de condena). Se imponen costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mentada discrepancia gira en torno a la selección y valoración de las pruebas producidas -la pericia médica en particular-, y repercute en la consecuencia que se sigue de la tarea ponderativa; además de involucrar el mérito sobre la conducta procesal de la demandada, tenida en cuenta por los magistrados intervinientes para fallar como lo hicieron.

En consecuencia, debe decirse, de una parte, que los agravios que versan sobre cuestiones fácticas y probatorias, sobre las que se exige revisión, no son aptos para la procedencia del recurso extraordinario de inconstitucionalidad; y de otra, que la apertura de la Queja impelería al Superior Tribunal a reexaminar y revalorar dicho material, lo que supera los alcances del Recurso.

Es que en atención a la especificidad del Recurso y al carácter restrictivo con el que tiene que ser discernido, es sabido que al margen del acierto o error en la decisión puntual del caso, no está permitido sustituir el criterio de los Jueces de las instancias ordinarias, máxime si se trata del mérito que han realizado sobre las pruebas habidas en la causa."

Además, el Tribunal cita doctrina: "La apreciación de las circunstancias fácticas del caso y la ponderación de los elementos probatorios colectados durante la sustanciación del proceso -fundamentalmente lo que atañe a su selección, jerarquización, mérito y eficacia- constituyen facultades privativas de los tribunales del trabajo que, en principio, no admiten revisión en la instancia extraordinaria salvo absurdo". (cfr. Suprema Corte de Buenos Aires, Berestycki, Susana vs. Escuela Hebrea J. N. Bialik de Lanús y otros s. Despido ; 11/07/2012)

Dispositivo final transcripto: "SE RESUELVE : I) Rechazar el Recurso de Queja de fecha 23/02/2021 (actuación Nº 15781589). II) Costas en el orden causado. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución está firmada por los Dres. Jorge Alberto Levingston, Andrea Carolina Monte Riso, Jorge Omar Fernández y Cecilia Chada. No figura firma de la Dra. Diana María Bernal por licencia. El bloque dispositivo final es el que determina la decisión.

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