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Tribunal Superior

HISSA JORGE GASTON C/ ESTADO PROVINCIAL - S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.-

El actor promovió demanda contencioso-administrativa contra el Estado provincial; se planteó la excusación de la Sra. Ministra Cecilia Chada por grado de consanguinidad. El Superior Tribunal hizo lugar a la excusación invocada, por estar configurada la causal del art. 17 inc. 1º del CPC y C., y ordenó su registro y notificación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 300645/16
Excusacion Art. 17 inc. 1? cpc y c. Contencioso administrativo Recusacion judicial Consanguinidad Provincia de san luis Tramite incidental Superior tribunal de justicia Registro y notificacion Hissa jorge gaston

¿Quién es el actor?

HISSA JORGE GASTÓN.

¿A quién se demanda?

Estado Provincial (Provincia de San Luis).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

causa contencioso administrativa caratulada "HISSA JORGE GASTÓN c/ ESTADO PROVINCIAL - s/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA" (IURIX EXP Nº 300645/16). En este expediente se sustancia un planteo incidental de excusación.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada; se registró y notificó la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que mediante actuación N° 16280934, de fecha 21/04/21, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, se excusa de entender en la presente causa en virtud del grado de consanguinidad que existe entre el actor de estos actuados y la suscripta, por lo que solicita formalmente se haga lugar a la excusación formulada, considerándose comprendida dentro de los parámetros prescriptos en la causal prescripta en el art. 17 Inc. 1º del CPC y C."

"2) Que atento a lo manifestado, procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 17 inc. 1º del CPC y C."

"SE RESUELVE : Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; la resolución está firmada por los Dres. Levingston, Fernández y Zavala Rodríguez. No firma la Dra. Monte Riso por encontrarse excusada ni la Dra. Bernal por licencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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