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Tribunal Superior

KAREN SHIRLEY CARRIZO C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES - S/ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD.-

La actora promovió demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Nº 0020/2020 de la Municipalidad de Villa Mercedes solicitando su declaración de inconstitucionalidad y su reincorporación laboral con pago de salarios caídos y daños morales. El Superior Tribunal declaró su competencia pero rechazó la demanda por improcedente en sus formas extrínsecas, por tratarse de un acto administrativo de carácter particular y no de alcance general.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 372784/21
Inconstitucionalidad Improcedencia extrinseca Decreto n? 0020/2020 Acto administrativo particular Competencia originaria Reincorporacion laboral Municipalidad de villa mercedes Costas Art. 785 y 788 cpcycsl Stjsl.

¿Quién es el actor?

Karen Shirley Carrizo.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Villa Mercedes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita la declaración de inconstitucionalidad del Decreto Nº 0020/2020 (de fecha 09/01/2020), la reincorporación al puesto laboral, el pago de salarios caídos desde la cesantía y daños morales.

¿Qué se resolvió?

El Superior Tribunal declaró su competencia para entender en la causa y rechazó la demanda por improcedencia extrínseca, imponiendo costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“En primer lugar, esta Procuración advierte que la vía intentada no resulta idónea para enervar el planteo del actor. Ello, toda vez que el art. 785 del Código de rito prevé que tanto esta demanda, como el recurso, se dan cuando la inconstitucionalidad de Leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, acordadas con efectos generales que estatuyen sobre la materia regida por la constitución, sea contradicha por parte interesada; completando el art. 788: “Procede del primer modo en todos los casos en que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Municipales, Corporaciones y otras autoridades públicas dicten leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales o acordadas con efectos generales, y las partes interesadas comprendidas en sus disposiciones y a quienes deban aplicarse se consideren agraviadas por ser contrarios a derechos, exenciones, garantías que estén acordadas por alguna cláusula de la Constitución…”. Así, de la lectura de los arts. 785 y 788 CPCyCSL, no cabe sino colegir que el mecanismo para formular el cuestionamiento constitucional, anticipado por el código procesal, se dirige a normas o actos de ALCANCE GENERAL, lo que NO SE CONFIGURA en la presente causa, en la que la parte resiste una disposición de alcance particular relativa al vínculo de empleo que dice la actora que mantenía con el municipio”.

“Es la propia actora quien reconoce que el planteo de inconstitucionalidad se ha materializado en contra del Decreto Nº 0020/2020 de fecha 09/01/2020, notificado a la actora mediante carta documento adjunta en DEMIOL N°17197075, apreciándose con claridad que el mismo sólo trata acerca de la desvinculación laboral de la actora con la Municipalidad de Villa Mercedes, quedando de manifiesto la ausencia de generalidad en el acto administrativo en cuestión, por lo que su cuestionamiento debió dirigirse por otro cauce procesal y en este sentido ya se ha pronunciado el STJSL en S.I. Nº 470/19, dictada en autos “BAYTON S.A. c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS s/ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD” - IURIX EXP Nº 317490/17” .

“En consecuencia, se concluye en la improcedencia extrínseca de la acción incoada, y se impone su rechazo.

Por ello, de conformidad con el Procurador General, SE RESUELVE: I) Declarar la competencia de este Superior Tribunal para decidir en la presente causa.

II) Declarar la improcedencia por sus formas extrínsecas de la demanda de inconstitucionalidad articulada.

III) Costas por su orden.

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.”

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final está firmada digitalmente por los Dres. Jorge Alberto Levingston, Andrea Carolina Monte Riso, Jorge Omar Fernández y Cecilia Chada (Dra. Diana María Bernal ausente por licencia), por lo que la decisión mayoritaria es la que consta en el dispositivo transcripto.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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