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Tribunal Superior

INCIDENTE RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL - DESPREZ JOSSIER MARIAN SARAY AV ABUSO SEXUAL - S/ RECURSO DE CASACION.-

La defensa de Jorge Horacio Desprez interpuso recurso extraordinario federal contra la resolución del Superior Tribunal que rechazó el recurso de casación relativo a la cuestión de prescripción en una causa por abuso sexual. El Superior Tribunal declaró la inadmisibilidad del recurso extraordinario por tratarse de un auto interlocutorio no susceptible de recurso extraordinario y por ausencia de cuestión federal y de arbitrariedad que habilite la instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 328542/2
Recurso extraordinario Admisibilidad Interlocutorio Prescripcion Arbitrariedad Cuestion federal Debido proceso Defensa en juicio Abuso sexual Stj san luis

¿Quién es el actor?

La defensa técnica del imputado Jorge Horacio Desprez (recurrente).

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis (impugna resolución del propio Tribunal que había rechazado recurso de casación/apelación previa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Admisibilidad del Recurso Extraordinario Federal contra la sentencia/auto que rechazó la casación y confirmó el rechazo del recurso de apelación relativo al planteo de prescripción de la acción en una causa por abuso sexual.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario federal por improcedente, al considerar que la resolución impugnada es un auto interlocutorio que no reviste carácter de sentencia definitiva y por inexistencia de cuestión federal o arbitrariedad de la decisión que justifique la apertura de la instancia extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Así, del examen del recurso en estudio, se advierte que si bien ha sido interpuesto en término -conforme los requisitos establecidos por la Acordada Nº 4/07 de la CSJN- la resolución atacada no es sentencia definitiva, dado que se trata de un auto interlocutorio que resolvió rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por el defensor del imputado de autos, en contra del auto del A.I. de fecha 28/12/22 que había resuelto: '1) NO HACER LUGAR, a la prescripción deducida por la defensa en AD Nº 20650074, de fecha 31/10/2022, por las razones apuntadas ut supra; 2) continuar la causa según su estado'."

"En tal sentido, este Tribunal ha sostenido que: '...en materia criminal como la que se trata, sólo produce sentencia definitiva o resuelve cuestión constitucional el auto de sobreseimiento y la sentencia definitiva y auto fundado que dispone no instruir sumario por inexistencia del delito o causal impeditiva o extintiva de la acción penal' (STJSL-S.J. del 10/11/2005, 'ASTUDILLO ALEJANDRO Y OTROS S/ ROBO, ROBO CALIFICADO y AMENAZAS – APELA PRISIÓN PREVENTIVA - RECURSO DE QUEJA' y muchos otros)."

"En lo demás, y sobre los fundamentos expuestos por el recurrente para la concesión del recurso, observamos que no existe en el caso agravio suficiente que amerite la apertura de la instancia extraordinaria ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En efecto, de la lectura de la fundamentación recursiva surge manifiesta la ausencia de la cuestión federal, y no obstante el esfuerzo argumental que realiza el recurrente sosteniendo la arbitrariedad de sentencia y violación del principio de defensa en juicio y del debido proceso, a primera vista la misma no se vislumbra."

"Por tanto, resulta del análisis del decisorio atacado, que el mismo aparece debidamente fundado y ajustado a derecho, no existiendo en el caso resolución arbitraria que ponga en crisis la sentencia dictada, por cuanto los fundamentos y argumentos vertidos por el juzgador se encuentran dentro de las potestades del Tribunal, por lo que al no cumplimentarse los requisitos de admisibilidad y no verificarse cuestión federal ni arbitrariedad, el recurso extraordinario federal no puede concederse."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el texto del dispositivo; la resolución aparece firmada por los ministros integrantes del Superior Tribunal y el dispositivo final dispone el rechazo del recurso.

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