LUCERO JUAN CARLOS C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El demandante reclamó indemnización por incapacidad laboral derivada de un accidente o enfermedad laboral contra La Segunda A.R.T. S.A. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación por improcedente, entendiendo que las cuestiones planteadas son esencialmente probatorias y no revisten naturaleza casatoria, con pérdida del depósito y costas al vencido.
¿Quién es el actor?
LUCERO JUAN CARLOS.
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad laboral (se condenó por incapacidad del 8,70% más 20% del art. 3 Ley 26.773).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto el 08/06/2023 y fundado el 21/06/2023; con pérdida del depósito. Se regularon honorarios en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. Costas al vencido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La materia propuesta a casación implica el examen y reponderación de las consideraciones vertidas en la pericia médica y que, como elemento probatorio, fue tenido en cuenta por la Cámara para fallar como lo hizo. La referida faena pone de manifiesto que no se está, en puridad, ante una situación casatoria, sino que la materia propuesta es inabordable mediante el presente recurso."
"…si de la lectura del recurso de casación se advierte que se plantean cuestiones de naturaleza esencialmente probatoria; estas son ajenas a la Casación según pacífico criterio de este Alto Cuerpo, puesto que la finalidad institucional de este carril impugnatorio busca el cumplimiento de la ley, la unificación de la interpretación del derecho y por ende debe aprehender los hechos como vienen relatados por los jueces de grado. La casación no es una tercera instancia y no está en la esfera de sus poderes valorar la prueba, ni juzgar los motivos que formaron la convicción de la Cámara porque este recurso se concede solamente contra la sentencia cuya injusticia provenga de un error de derecho excluyendo el error de la determinación de las circunstancias de hecho del caso sometido a juicio…"
Dispositivo final transcripto: "SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto el 08/06/2023 y fundado el 21/06/2023; con pérdida del depósito. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en la presente instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas al vencido."
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad de los cinco Ministros (Andrea Carolina Monte Riso; Jorge Alberto Levingston; José Guillermo L’Huillier; Cecilia Chada; Eduardo Segundo Allende). No hubo disidencias registradas.
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- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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