INC. REG. HONO. POR RECURSO DE CASACION OLGUIN JUAN HECTOR C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL.-
Incidente de regulación de honorarios por actuación en recurso de casación en expediente por accidente/enfermedad laboral. El Superior Tribunal reguló los honorarios de la Dra. Liliana P. Liendo en el 40% de lo fijado en primera instancia, ordenando su actualización y pago conforme a la S.D. N° 176/2023.
¿Quién es el actor?
Dra. Liliana P. Liendo, en calidad de profesional que actuó por la parte actora.
¿A quién se demanda?
No aplica (incidente de regulación de honorarios dentro del proceso principal contra A.R.T. S.A. Olguín c/ Juan Héctor o c/ la enfermedad laboral).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por la labor desarrollada en la instancia de casación (contestación del recurso de casación) en el expediente principal EXP Nº 314854/17.
¿Qué se resolvió?
Se regulan los honorarios de la Dra. Liliana P. Liendo en el 40% de lo ya regulado en primera instancia (S.D. N° 176/2023), con actualización conforme lo dispuesto por el juez a-quo y notificación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"2) A los efectos regulatorios, cabe destacar que conforme surge del expediente principal, la peticionante ha actuado representando a la parte actora, cumpliendo labor en esta máxima instancia al contestar en fecha 18/10/21 (por ESCEXT N° 17748409), el recurso de casación deducido por la parte demandada, el que fue rechazado por este Superior Tribunal por sentencia S.D. N° 127/22, de fecha 04/07/22 (actuación N° 19673315)."
"3) Que en primera instancia, le fueron regulados los honorarios en S.D. N° 176/2023, de fecha 22/06/23 (actuación N° 22400229), fijando por la labor general desarrollada a los abogados de la parte actora vencedora, por la participación como patrocinantes y apoderados, en el 30% del monto de las prestaciones dinerarias adeudadas por la demandada. Asimismo, establece que se actualizarán aplicando la tasa de interés activa, cartera general, nominal anual, que cobra el Banco de la Nación Argentina, desde la fecha de la primera manifestación invalidante (14/02/2016) y hasta el efectivo pago."
"4) En virtud de ello, atento la labor realizada en esta instancia (contestación del recurso de casación), el resultado obtenido (favorable para la parte que representó) y de conformidad a lo previsto por el art. 14 de la Ley de Honorarios N° IV-0910-2014, se fija el cuarenta por ciento (40%) de lo regulado en primera instancia por la labor general en sentencia definitiva. Dichos honorarios deberán ser actualizados hasta su efectivo pago conforme lo dispone el juez a-quo en Sentencia Definitiva N° 176/2023, de fecha 22/06/23."
Texto del dispositivo final (cita literal):
"SE RESUELVE : Regular los honorarios profesionales de la Dra. LILIANA P. LIENDO, por su actuación en esta instancia representando a la parte actora en el 40% (cuarenta por ciento) de lo regulado en primera instancia. Dicho monto deberá ser ajustado en la forma y modo dispuesto por el juez a-quo en S.D. N° 176/2023. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución aparece firmada digitalmente por los Sres. Ministros EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, JORGE ALBERTO LEVINGSTON y JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER. La Dra. CECILIA CHADA se encuentra excusada. Resultado por mayoría (4 a 0 con una excusada).
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