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Tribunal Superior

VELIZ MARIO DANIEL C/ BIODIS S.A. Y OTROS S/ DA?OS Y PERJUICIOS - ACCIDENTE LABORAL - RECURSO DE CASACION.-

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral y reclamó indemnización por incapacidad y secuelas. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja de la demandada por inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad, entendiendo que la Cámara fundamentó suficientemente su decisión y no existe arbitrariedad que amerite intervenir.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 305687/17
Recurso de queja Inadmisibilidad Arbitrariedad Accidentes de trabajo Responsabilidad civil Art Incapacidad 32 68% Congruencia Prueba pericial Art. 277 cpcc

¿Quién es el actor?

Veliz Mario Daniel.

¿A quién se demanda?

Biodis S.A. y otros (entre ellos La Segunda ART S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios por accidente laboral; indemnización por incapacidad (actor reclamó 20% de la total obrera por hernia de disco operada; pericia reconoció 32,68% y también señaló cicatriz lumbar).

¿Qué se resolvió?

Rechazo del recurso de queja interpuesto por la demandada contra la resolución de la Cámara que declaró formalmente inadmisible el recurso de inconstitucionalidad; se confirmó que la Cámara contó con fundamentos suficientes y no incurrió en arbitrariedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

• “Que en lo demás, consideramos que el recurso de queja no puede ser admitido porque las alegaciones recursivas no patentizan de ningún modo la existencia de arbitrariedad en lo decidido.”

• “La misma aparece ajustada a derecho, tanto más al contar con fundamentos suficientes en concordancia con las circunstancias del caso, prueba rendida y valorada por el principio de la libre convicción y sana crítica racional, lo que impide que sea descalificado como acto judicial.”

• “En efecto, de la sentencia cuestionada, en su voto en mayoría surge: ‘… Contrariamente a lo sostenido por la recurrente, la condena dispuesta por el a quo no excede los límites de la póliza contratada por Biodis S.A.’”

• “Respecto a la prueba del cumplimiento de los deberes legales de prevención, ya he señalado que la ART no produjo prueba alguna sobre ello y no puede existir duda que era ella quién debía acreditarlo. No puede exigirse al actor la producción de una prueba negativa.”

• “Por lo expuesto, y oído el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja articulado por la demandada. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.”

Datos y citas relevantes adicionales:

Notificación de la resolución denegatoria: 11/04/2024; interposición de la queja: 19/04/2024 a las 07:52 hs.

Pericia médica: reconoció 32,68% de incapacidad total obrera (incluyendo cicatriz lumbar); actor había reclamado 20% por hernia de disco operada.

El Procurador General sostuvo: “... los argumentos de la recurrente permiten efectuar el juicio de verosimilitud suficiente requerido para habilitar la admisibilidad formal del recurso de inconstitucionalidad...”.

Sobre la naturaleza del recurso: “el recurso de inconstitucionalidad no constituye una tercera instancia y ... es un remedio excepcional, cuya concesión debe hacerse restrictivamente ...” (art. 213 Constitución Provincial).

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