INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD EN AUTOS: KUNNING SOFIA CLARA IRMGARD S/ SUCESION AB INTESTATO - S/RECURSO DE QUEJA.-
La Sra. Ministra Dra. Cecilia Chada promovió excusación por haber intervenido en autos como Jueza de Cámara. El Superior Tribunal hizo lugar al apartamiento solicitado por encontrarse configurada la causal prevista en el art. 194 de la Constitución provincial y el art. 30 del CPC y C.
¿Quién es el actor?
Sra. Ministra del Superior Tribunal, Dra. Cecilia Chada (actuando mediante actuación N° 25794864 de fecha 12/09/24), quien formula la excusación.
¿A quién se demanda?
Autos caratulados “KUNNING SOFIA CLARA IRMGARD S/ SUCESIÓN AB INTESTATO - S/ RECURSO DE QUEJA” (IURIX EXP Nº 412339/24); la excusación se dirige a los miembros del Superior Tribunal para apartarse de entender en la causa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se reclama el apartamiento/recusación (excusación) de la Sra. Ministra por hallarse comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y art. 30 del Código Procesal Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la excusación formulada por la Dra. Cecilia Chada y ordenar su registración y notificación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes del fallo (texto original):
"1) Que mediante actuación N° 25794864, de fecha 12/09/24, la Sra. Ministra de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en estos autos como Jueza de Cámara, la Dra. María Nazarena Chada, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C.
2) Que atento a lo manifestado, y constancia de actuación Nº 24366029 - A.I. Nº 111 del 11/03/24 del INC Nº 283706/4, se verifica la intervención de la Dra. María Nazarena Chada, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal de los arts. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C.
Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministra de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
No constan votos discordantes en el bloque resolutivo final; la resolución aparece firmada digitalmente por los Dres. Eduardo Segundo Allende, Andrea Carolina Monte Riso, Jorge Alberto Levingston y José Guillermo L’Huillier.
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