ORTIZ RICARDO C/ ATTAR NATANAEL Y OTROS S/ DA?OS Y PERJUICIOS - ORALIDAD -RECURSO DE CASACION-
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito y presentó recurso de casación contra la sentencia de la Cámara. El Superior Tribunal rechazó la casación por formalmente inadmisible al haberse interpuesto contra resolución dictada en proceso sumario (art. 286 CPCC), reguló honorarios y condenó en costas a la recurrente.
¿Quién es el actor?
ORTIZ RICARDO.
¿A quién se demanda?
ATTAR NATANAEL y otros (citados en garantía y demás demandados en autos de daños y perjuicios).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 14/05/2016; en particular controversia sobre el cálculo de la incapacidad sobreviniente y su liquidación tomando ingresos de un monotributista categoría “E”.
¿Qué se resolvió?
Rechazo del recurso de casación interpuesto el 03/07/2023 y fundado el 26/07/2023; regulación de honorarios en 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la recurrente vencida. La decisión fue adoptada por mayoría de los ministros firmantes (Allende, Monte Riso, Levingston y L’Huillier). La Dra. Cecilia Chada se hallaba excusada y no firmó.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"sin embargo, y de acuerdo con lo dictaminado por el Procurador General, se trae a casación una sentencia recaída en un proceso sumario, por lo cual el embate recursivo se encuentra con el impedimento establecido en el art. 286 in fine, que determina que el recurso de casación 'No procederá en los juicios sumarios, sumarísimos, de ejecución o procedimientos especiales…'; por lo que se impone el rechazo del recurso por formalmente inadmisible (art. 301, inc. a) del CPCC)."
"En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto el 03/07/2023 y fundado el 26/07/2023. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la recurrente vencida. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. José Guillermo L’Huillier formuló el voto principal proponiendo la negativa a la admisión del recurso por aplicación del art. 286 in fine del CPCC; los Dres. Eduardo Segundo Allende, Andrea Carolina Monte Riso y Jorge Alberto Levingston adhirieron. No hubo disidencias; la Dra. Cecilia Chada estuvo excusada.
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