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Tribunal Superior

BUSTO CARMEN BEATRIZ C/ PRIORI HECTOR Y OTROS S/ DA?OS Y PERJUICIOS - REGULACION DE HONORARIOS.

Solicitud de regulación de honorarios por la actuación de los Dres. Juan Manuel Casañas y Facundo Gonzalo Corvalán en la instancia de alzada por contestación de recurso de casación. El Superior Tribunal reguló los honorarios en el 40% del porcentaje previamente fijado en primera instancia, con más los intereses dispuestos en la instancia de grado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 200651/10
Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Ley de honorarios iv-0910-2014 Interes Contestacion de casacion Recursos Autos busto c/ priori Primera instancia 22 4% 40% Superior tribunal de justicia san luis

¿Quién es el actor?

Los letrados Dr. Facundo G. Corvalán (y el Dr. Juan Manuel Casañas, representados como profesionales solicitantes) solicitaron la elevación de actuaciones para la regulación de sus honorarios. La causa principal figura como BUSTO CARMEN BEATRIZ c/ PRIORI HÉCTOR y otros s/ daños y perjuicios.

¿A quién se demanda?

No procede como demanda contra una parte procesal específica; se trata de un pedido de regulación de honorarios ante el Superior Tribunal por la labor profesional realizada en la causa principal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la actuación en la instancia de la Sala Superior (contestación del recurso de casación y actuación en doble carácter), acreditando constancias de actuación e inscripción fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios de los Dres. Juan Manuel Casañas y Facundo Gonzalo Corvalán en el 40% del porcentaje regulado en primera instancia, con más el interés fijado en la instancia de grado. Se ordenó registrar y notificar la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha 22/05/25, el Dr. FACUNDO G. CORVALAN, solicita se eleven las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia, a los fines de la regulación de honorarios por la labor desarrollada ante el mismo, adjuntando las respectivas constancias de los profesionales intervinientes, de inscripción en ARCA como monotributista y en Ingresos Brutos."

"A los efectos regulatorios, cabe destacar que los peticionantes han actuado representando a la parte actora, cumpliendo labor en esta máxima instancia al contestar en fecha 27/07/17, por ESCEXT N° 7565564, el recurso de casación deducido por la parte demandada, el que fue rechazado por este Superior Tribunal por sentencia S.D. N° 152/18, de fecha 07/08/18."

"Que en primera instancia, por Sentencia Definitiva Nº 260 de fecha 02/07/15, les fueron regulados los honorarios de los abogados del actor (Juan Manuel Casañas, y Facundo Gonzalo Corvalán) en el 22,4% del capital reconocido en el expediente, por la participación como apoderados y patrocinantes."

"En virtud de ello, atento la labor realizada en esta instancia (contestación del recurso de casación), el resultado obtenido (favorable para la parte que representaron) y de conformidad a lo previsto por el art. 14 de la Ley de Honorarios N° IV-0910-2014, se fija el cuarenta por ciento (40%) del porcentaje regulado en primera instancia, con los intereses que resultaron dispuestos en primera Instancia."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final consta firmada digitalmente por los Sres. Ministros J. A. Levingston, J. G. L’Huillier, A. C. Monte Riso y E. S. Allende; no se advierten disidencias en el dispositivo final.

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