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Tribunal Superior

ARRUE MARTIN ADOLFO C/ GRANDO CESAR EZEQUIEL, GRANDO JULIO CESAR Y OTROS S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACION.

El actor promovió recurso de casación contra la confirmación de la sentencia que rechazó su demanda por cobro de pesos contra Remises Prolín SRL y otros. El Superior Tribunal de Justicia declaró formalmente admisible pero, por mayoría unánime, rechazó el recurso al considerar que los agravios versan sobre cuestiones fácticas y probatorias ajenas a la casación y no acreditan las causales del art. 287 del CPCC.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 336842/19
Casacion Art. 287 cpcc Responsabilidad solidaria Art. 30 lct Cuestiones facticas Inadmisibilidad por materia de hecho Honorarios (40%) Costas al vencido Sala laboral Stj san luis

¿Quién es el actor?

Arrue Martín Adolfo (recurrente).

¿A quién se demanda?

Grando César Ezequiel, Grando Julio César y otros; entre ellos Remises Prolín SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos - reclamo laboral, con pretensión de hacer extensiva responsabilidad solidaria (art. 30 LCT) a la remisería.

¿Qué se resolvió?

Rechazo del recurso de casación; regulación de honorarios de esta instancia en 40% sobre los honorarios de primera instancia; costas al vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo tanto, dado que la aplicación de la norma jurídica en examen depende de las circunstancias fácticas y particularidades de cada caso, corresponde desestimar la pretensión unificadora prevista en el inciso c) del artículo 287 del CPCC, ello por cuanto resulta aconsejable conferir mayor libertad a los jueces en la aplicación del derecho (en tal sentido cfr. S.D. Nº 175/22 “GODOY, DANIEL EDUARDO c/ INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL – RECURSO DE CASACIÓN” - IURIX EXP Nº 339061/19, del 13/09/2022; S.D. Nº 035/23 “GUZMAN CLAUDIO ALEJANDRO C/ YUCEF S.A. Y OTRO S/ COBRO DE PESOS -RECURSO DE CASACIÓN-” - IURIX EXP Nº 287831/15, del 04/04/2023)."

"la jurisprudencia tiene dicho: “los agravios que conducen al examen de los criterios adoptados por el tribunal de conocimiento para juzgar cuestiones eminentemente fácticas, como determinar si en el caso se configuran o no los presupuestos de la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 30 de la LCT ... son, en principio, propias de los tribunales de conocimiento y ajenas a la instancia extraordinaria”."

Y el dispositivo final, transcripto textualmente: "SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por el actor. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas al vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue acordada por los Dres. Jorge Alberto Levingston, José Guillermo L’Huillier, Eduardo Segundo Allende, Andrea Carolina Monte Riso y Víctor Manuel Endeiza; todos comparten el criterio mayoritario expresado en el fallo.

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