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Tribunal Superior

SILVERA YOLA C/ ASOCIART A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-

La actora reclamó indemnización por accidente o enfermedad laboral contra Asociart A.R.T. S.A. sobre el cálculo de intereses y actualización de la deuda. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación y confirmó la solución legal aplicable por precedentes del propio tribunal, regulando honorarios y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 356108/20
Casacion Accidente laboral Tasa de interes Actualizacion de deuda Unificacion de jurisprudencia Honorarios Costas Precedentes stj Admisibilidad Rechazo

¿Quién es el actor?

SILVERA, YOLA (parte actora).

¿A quién se demanda?

ASOCIART A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente o enfermedad laboral y, en la instancia de casación, cuestionamiento sobre la tasa de interés y modos de actualización de la deuda indemnizatoria (petición de unificación jurisprudencial e inconstitucionalidades relativas a normas de actualización/ajuste).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto el 17/10/2024 y fundado el 29/10/2024; se regularon honorarios de la ulterior instancia en un 40% sobre los honorarios de primera instancia; costas en el orden causado. Votos de los cinco ministros (decisión unánime en el sentido del dispositivo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto el 17/10/2024 y fundado el 29/10/2024. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas en el orden causado. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

"Que en el fallo casatorio, el STJSL, con fundamento en precedentes del propio tribunal recaídos a partir de la causa 'ROMERO, GABRIELA ADRIANA c/ ASOCIART ART S.A. s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN' – EXP 327992/18 (STJSL-S.J. – S.D N° 048/24 de fecha 05/04/2024), dijo que '…frente a la divergencia jurisprudencial suscitada y en el marco de la pretensión recursiva que se postula, corresponde hacer lugar al recurso de casación deducido, disponiendo que el interés aplicable al crédito en cuestión deberá calcularse conforme a la tasa fijada en autos 'TORRES ÁNGEL MARTÍN c/ ALTA TENSIÓN S.A. y OTROS s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL RECURSO DE CASACIÓN' - IURIX EXP N° 217969/11, STJSL-S.J. – S.D. Nº 161/17, de fecha 26/12/2017, 'Tasa Activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina', incrementada en un cincuenta por ciento (50%)'. (el resaltado me pertenece)."

"Que en consecuencia, corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto el 17/10/2024 y fundado el 29/10/2024. Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. ASÍ LO VOTO."

(Se incluye además el fundamento procesal de admisibilidad:) "En consecuencia, considero en este estudio preliminar y en mérito a lo dispuesto por el inc. a) del art. 301 CPCC, que el recurso articulado deviene formalmente admisible. Por lo expuesto, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la AFIRMATIVA."

¿Cómo votaron los jueces?

Todos los ministros (Drs. JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, ANDREA CAROLINA MONTE RISO y JORGE ALBERTO LEVINGSTON) compartieron las conclusiones y votaron en el mismo sentido en las cuestiones planteadas; no consta resolución en disidencia sobre el dispositivo final.

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