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Tribunal Superior

GARRO FIDEL, GARRO ADELA, GARRO JOSE LUIS, GARRO MARIA C. Y GARRO NELLY DEL CARMEN C/ MORAN JOSE ANDRES Y ALANIZ ELMA N. S/ REIVINDICACION - SUMARIO - RECURSO DE CASACION.-

Los actores promovieron acción de reivindicación en trámite sumario contra José Andrés Morán y Elma N. Alaniz. El Superior Tribunal rechazó el recurso de casación por ser formalmente inadmisible al aplicarse la prohibición del art. 320 C.P.C. sobre los juicios sumarios y reguló honorarios en 40% de los de primera instancia, imponiendo costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 32695/4
Recurso de casacion Inadmisibilidad formal Proceso sumario Art. 320 c.p.c. Accion de reivindicacion Honorarios (40%) Costas al vencido Stj san luis Tramite sumario Decision interlocutoria.

¿Quién es el actor?

GARRO FIDEL, GARRO ADELA, GARRO JOSÉ LUIS, GARRO MARIA C. y GARRO NELLY DEL CARMEN.

¿A quién se demanda?

MORAN JOSÉ ANDRES y ALANIZ ELMA N.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de reivindicación - trámite sumario.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por ser formalmente inadmisible; se regularon honorarios de esta instancia en el cuarenta por ciento (40%) del monto de honorarios de primera instancia; costas al vencido. Resolución firmada el 11/06/2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, tal como surge de las constancias de la causa (ver fs. 47), la demanda incoada tramitó 'según las normas del proceso SUMARIO (art. 320 del C.P.C.)' y el mencionado artículo establece de manera categórica que el recurso de casación 'No procederá en los juicios sumarios…'."

"Vale recordar, que este Superior Tribunal se ha pronunciado reiteradamente por la improcedencia de recursos de casación en procesos de naturaleza sumaria (cfr. entre muchos otros: STJSL-S.J.-S.D. Nº 146/21 del 10/09/2021, ...), por lo tanto, de acuerdo con ello y en concordancia con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso de casación interpuesto. ASÍ LO VOTO."

Bloque dispositivo final (texto literal de la parte resolutiva que manda):

"SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por ser formalmente inadmisible. II) Regular los honorarios profesionales correspondiente a esta instancia en el cuarenta por ciento (40%) del monto de honorarios de primera instancia. III) Costas al vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue unánime; todos los ministros (Allende, Monte Riso, Levingston, L'Huillier y Endeiza) compartieron el voto del Dr. Eduardo Segundo Allende. No se registran votos en disidencia.

Fechas y montos relevantes: sentencia recurrida de fecha 22/08/2022; recurso interpuesto el 01/09/2022; fundamentos acompañados el 12/09/2022; dictamen del Procurador General el 23/10/2024; pago del depósito casatorio registrado el 20/02/2026; resolución del STJ firmada el 11/06/2026; honorarios fijados en 40% de los de primera instancia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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