PEREYRA MIRIAM IRMA C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
La actora demandó por accidente de trabajo contra EXPERTA ART S.A. y la demandada interpuso recurso de casación contra la sentencia de Cámara que readecuó la liquidación aplicando el procedimiento del art. 12 LRT con una tasa pura del 8% anual. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación, por improcedente en sus pretensiones sustantivas y con sustento en precedentes (in re “Magnago” y “Aguilar”), imponiendo pérdida del depósito y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Pereyra Miriam Irma (actora).
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A. (aseguradora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente o enfermedad laboral y consecuente liquidación indemnizatoria (liquidación de indemnización por accidente de trabajo con fecha del hecho 30/09/2019).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la demandada; se impuso la pérdida del depósito, se reguló honorarios en un 40% sobre los de primera instancia y costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en consecuencia, en mérito a lo dispuesto por el artículo 301 inciso a) del código de rito, considero que el recurso articulado es formalmente admisible. Por ello, VOTO a esta CUESTIÓN por la AFIRMATIVA."
"Que alegó que la sentencia de Cámara, al disponer la aplicación de una tasa pura del 8% anual para la actualización del monto base desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación, incurre en una manifiesta violación e incorrecta aplicación del régimen legal específico que rige la materia de intereses en el ámbito de las reparaciones sistémicas, establecido por el art. 12 de la Ley 24.557, modificado por la Ley N° 27.348 y el DNU 669/19."
"Que, -recientemente- en un caso que guarda sustancial analogía con el sub examine, el Superior Tribunal se pronunció rechazando el recurso de casación con sustento en el precedente 'Aguilar' y por no advertir configurado ningún error jurídico... Por ello, en base a los fundamentos expuestos precedentemente, corresponde el rechazo del recurso."
"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la demandada, con pérdida del depósito. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas a la vencida."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto que expone los fundamentos fue seguido por los Dres. L’Huillier, Endeiza, Monte Riso y Levingston (ausente Allende). No existe disidencia anotada en el acuerdo final.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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