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Primera Instancia

SALGAN, NATALIA SOLEDAD c/ CUATRO NORTES S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Trabajadora reclamó indemnizaciones por despido y rubros salariales; pidió recategorización y multas por pagos no registrados. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a Cuatro Nortes S.R.L. y AMX Argentina S.A. a pagar $709.354,61, ordenando además la entrega de certificaciones laborales y pago de costas, por entender que el despido fue injustificado y que hubo remuneraciones no registradas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 74
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 043474/2017
Despido Indemnizacion Comisiones no registradas Responsabilidad solidaria Art. 30 lct Ley 24.013 (arts.10 y 15) Art. 80 lct Recategorizacion Actualizacion e intereses Costas.

¿Quién es el actor?

SALGAN, NATALIA SOLEDAD.

¿A quién se demanda?

CUATRO NORTES S.R.L. y solidariamente AMX ARGENTINA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por despido (sustitutiva de preaviso, antigüedad, integración de mes de despido, SAC, vacaciones proporcionales), diferencias salariales, reclasificación convencional a Encargada/Segundo Jefe, pago de comisiones no registradas ($5.000 mensuales), multas de la Ley 24.013 (arts. 10 y 15), multa art. 80 L.C.T., incremento Ley 25.323 art. 2°, astreintes y entrega de certificados art. 80 L.C.T.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró el despido como ilegítimo e injustificado y se condenó solidariamente a CUATRO NORTES S.R.L. y AMX ARGENTINA S.A. a pagar a la actora $709.354,61 (más actualización e intereses), se condenó a CUATRO NORTES S.R.L. a entregar certificaciones de trabajo conforme al verdadero vínculo, y se impusieron las costas a las codemandadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En virtud de todo lo expuesto, y tras valorar el cuadro probatorio conforme a las reglas de la sana crítica (art. 386 CPCCN), concluyo de manera categórica que la codemandada Cuatro Nortes S.R.L. no ha cumplido con la carga probatoria que le imponía el art. 377 del CPCCN. Por lo tanto, estimo que la invocada “pérdida de confianza” carece de sustento fáctico y probatorio. Por consiguiente, concluyo que el despido dispuesto por la empleadora devino manifiestamente ilegítimo e injustificado. Así lo decido."

"Por consiguiente, al haberse comprobado la percepción de remuneraciones fuera de registro y estando la relación laboral vigente al momento del emplazamiento, declaro la procedencia del rubro indemnizatorio del art. 10 de la Ley 24.013. Asimismo, toda vez que el despido directo dispuesto por la patronal resultó ilegítimo e injustificado y fue resuelto dentro del plazo de protección de dos años posteriores a la intimación fehaciente, prosperará la duplicación prevista en el art. 15 de la Ley 24.013."

"Por todo lo expuesto, constancias de autos y citas legales que resultan de aplicación, FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, condenar a CUATRO NORTES S.R.L. y a AMX ARGENTINA S.A. en forma solidaria a pagar a la actora SALGAN, NATALIA SOLEDAD la suma de $709.354,61.- ...; 2) Condenar a la codemandada CUATRO NORTES S.R.L. a entregar a la actora la certificación de servicios ...; 3) Imponer las costas ..."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; se trata de sentencia de primera instancia dictada por un solo juez.

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