S.a. Etam Lc. c/ Provincia de Cordoba Y/u Otro
Una empresa comercial demandó a la Provincia de Córdoba y a otro codemandado ante la Corte Suprema en razón de su competencia originaria. El tribunal sostuvo que el análisis de normas dictadas por la provincia en ejercicio de su poder administrativo, en el plano del derecho público local, es ajeno a esa competencia originaria, y que el vínculo contractual invocado no basta por sí solo para caracterizar la causa como civil en los términos del art. 24, inc. 1, del decreto-ley 1285/58.
¿Quién es el actor?
S.A. ETAM (sociedad anónima; el sumario identifica la causa solo como "S.A. ETAM LC.").
¿A quién se demanda?
Provincia de Córdoba y otro codemandado (no identificado en el sumario).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO en detalle; el sumario refiere a un vínculo contractual y a normas y actos de autoridades provinciales.
¿Qué se resolvió?
según el sumario, la Corte sostiene que (a) el análisis de normas provinciales dictadas en carácter de poder administrativo, en el derecho público local, es ajeno a su competencia originaria; y (b) la existencia de un vínculo contractual no basta, por sí sola, para constituir una "causa civil" a los efectos del art. 24, inc. 1, decreto-ley 1285/58.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
no se transcriben textualmente por falta del texto completo; solo consta el sumario, que no contiene párrafos del considerando.
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Normas que cita
- Decreto-ley 1285art. 24 inc. 1
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