JurisprudenciaARG
Corte Suprema

S.a. Hotel Sasso

La parte actora dedujo recurso extraordinario federal contra la sentencia que resolvió una cuestión relativa a la validez de notificaciones en el proceso. La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso, por tratarse de una cuestión procesal ajena al recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 302:333
Recurso extraordinario Requisitos propios Cuestiones no federales Normas locales de procedimiento Notificaciones Nulidad de notificaciones Cuestion procesal Inadmisibilidad Casos carios S.a. hotel sasso

¿Quién es el actor?

S.A. HOTEL SASSO (recurrente)

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto analizado sólo contiene el sumario de la decisión)

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso extraordinario federal por tratarse de una cuestión procesal (validez o nulidad de notificaciones) ajena a la vía del art. 14 de la ley 48, por referirse a la interpretación de normas locales de procedimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El sumario indica que "lo referente a la validez o nulidad de las notificaciones es cuestión procesal ajena al recurso extraordinario" y que el recurso se funda en la interpretación de normas locales de procedimientos, lo que determina su inadmisibilidad. No se dispone del texto íntegro de los considerandos para transcribir citas textuales adicionales.

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