ZAPATA ABELARDO HORACIO C/ SINTESIS QUIMICA S.A.I.C. S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra SINTESIS QUIMICA S.A.I.C. y las partes celebraron un acuerdo homologado por el Tribunal. El Tribunal homologó el acuerdo conforme al art. 15 L.C.T., impuso costas al actor con beneficio de ley y reguló honorarios por $400.000 para cada letrado interviniente.
¿Quién es el actor?
ZAPATA ABELARDO HORACIO.
¿A quién se demanda?
SINTESIS QUIMICA S.A.I.C.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido (autos caratulados "ZAPATA ABELARDO HORACIO C/ SINTESIS QUIMICA S.A.I.C. S/ DESPIDO").
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo N°1 de Florencio Varela homologó el acuerdo presentado por las partes conforme al art. 15 de la L.C.T.; dispuso que el pago se efectúe en la cuenta sueldo denunciada por la actora para dar cumplimiento al art. 277 LCT (texto según Ley 27.802); impuso las costas en el orden causado al actor con beneficio de ley; y reguló honorarios de los letrados intervinientes en $400.000 para cada uno, con los recargos legales e IVA si correspondiera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Visto que el acuerdo presentado por las partes en ACUERDO - SE PRESENTA (246802976007977115) y ratificado por la actora mediante AUDIENCIA DE RATIFICACION - SE FIJA (237902976008025651) el que se encuentra respaldado por la documentación acompañada a estos actuados, no vulnera ningún principio de orden público y, dado que los términos del mismo constituyen en este caso una justa composición de los derechos e intereses de las partes, de conformidad con lo dispuesto por el art. 15 de la L.C.T., resultaría procedente la homologación.
ASI LO VOTO."
"Visto el modo en que se ha votado la cuestión que antecede, correspondería emitir pronunciamiento homologatorio del acuerdo presentado por las partes, haciendo constar que la mora en el cumplimiento de lo pactado importará la caducidad de los plazos pendientes que se hubieran convenido, y hará ejecutable la totalidad de los montos que integran el convenio.
Con relación a la Tasa de Justicia, corresponder eximir la misma atento el estado procesal de la demandada.
ASI LO VOTO."
Bloque dispositvo final (transcripción parcial relevante):
"I.-Homologar el acuerdo presentado por las partes, en los términos indicados precedentemente, de conformidad con la norma del art. 15 de la L.C.T.
Se deja constancia de que el pago convenido, a petición de parte, deberá efectuarse en la cuenta sueldo cuyos datos la actora denunció en autos ... a fin de dar cumplimiento con el art. 277 LCT inciso a) (texto según Ley 27.802).
II.-Imponer las costas en el orden causado, al actor con el beneficio de ley (arts. 20 y 24 de la Ley 15.057).
III.- ... regular los honorarios de los letrados intervinientes: MURUA LIA MARIEL ... en la suma de pesos CUATROCIENTOS MIL ($400.000) ... y los del Dr. FENOCHIETTO EDUARDO MARIO ... en la suma de pesos CUATROCIENTOS MIL ($400.000) ... con más el 10% de Leyes 8904, 6716 y 8455, e I.V.A. en caso de corresponder ..."
(No hubo disidencias: los tres jueces votaron en el mismo sentido.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.