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Primera Instancia

MAITA ROBERTO MARCELO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor demandó por reparación económica por accidente de trabajo in itinere y secuelas en rodilla izquierda en el marco de la ley 27.348/27348. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a PROVINCIA ART S.A. al pago de $9.700.000 (por redondeo), declaró inconstitucionalidad sobreviniente de la ley 23928 y art. 11 ley 27348, y aplicó interés según tasa activa del Banco Nación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 5 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
20764
Accidente de trabajo In itinere Ley 27348 Inconstitucionalidad sobreviniente Indemnizacion Justiprecio Tabla de incapacidades Ripte Interes tasa activa banco nacion Provincia art s.a. F | caratula | tribunal | fecha | expediente | fallos | relacion | godon | scba ac. 2078 | 2017-04-05 | | | cita | barrios | scba | Vizzoti Carlos alberto c/ amsa s/despido | csjn | 2004-09-14 | Abraham Hector osvaldo c/ todoli hnos. s.r.l. | scba | 2013-11-13 | Cs | mendez valles Fernando c/ a. m. pescio sca | csjn | | menciona Eee c/ eternit | scba | --fin-citas--- Nota: en el texto se citan ademas numerosos antecedentes jurisprudenciales y doctrina (votos y precedentes de la scba Casos godon barrios abraham vizzoti Entre otros) y normativa provincial y nacional tal como se consigno en el bloque de citas. donde el documento no suministra numero de norma completo o tomo:pagina de fallos Se consigno - conforme a las instrucciones.

¿Quién es el actor?

Roberto Marcelo Maita, representado por Dr. Daniel Alejandro Rico.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo (in itinere del 31/7/2018) en los términos de la Ley 27.348/27348 por secuelas en miembro inferior izquierdo y consecuente incapacidad.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron las defensas de la demandada y se admitió la demanda; se condenó a PROVINCIA ART S.A. al pago de pesos nueve millones setecientos mil ($9.700.000) por redondeo, con liquidación actualizada a la fecha de la sentencia; se declaró inconstitucionalidad sobreviniente de la ley 23928 y sus modificatorias y del art. 11 de la ley 27348; se impuso interés a tasa activa del Banco de la Nación desde la sentencia hasta el pago; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios; se ordenó modalidad de pago mediante transferencia directa a cuentas denunciadas por los beneficiarios (con referencia al art. 17 ley 27.348 y art. 12 Ley 15.057).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Reconocido que fuera la recepción de la denuncia y el otorgamiento de prestaciones sin que se hubiera desconocido el siniestro en tiempo propio, corresponde tener por verificado el accidente in itinere.

Luego, conforme pericia médica, en el esquema de capacidades restantes, resulta que el actor ostenta incapacidad física permanente y definitiva del 8,49% INCLUYENDO FACTORES DE PONDERACIÓN.

En punto al IBM se fijó en $ 30.998,09

Dado esto, corresponde hacer lugar a la demanda incoada, condenando a la demandada al pago de reparación económica por la minusvalía ostentada en relación al siniestro laboral sufrido (arts. 8 y 14 LRT, y modificaciones de la ley 27348) conforme IBM $ 30.998,09"

"El espíritu que emana del caso 'BARRIOS' impone a los Jueces trabajar en el caso concreto e impedir que se configure una situación de enriquecimiento sin causa para alguna de las partes. ... La inconstitucionalidad resuelta en Barrios en relación a la ley 23928 y que aquí también es objeto de tratamiento, no traería consigo la tacha de inconstitucionalidad a la fecha de su dictado, si no en la aplicación de la ley en el transcurso del tiempo y en este caso concreto. Dicha ley, que resultó constitucional en oportunidad de su dictado, aplicada hoy, luego de atravesar el país dolorosos procesos inflacionarios, resulta evidenciar inconstitucionalidad sobreviniente."

"En este entendimiento propongo JUSTIPRECIAR LA INDEMNIZACION DEL CASO CONCRETO EN LA SUMA DE $ 9.700.000 (por redondeo). El eje de análisis está constituído en el concepto siguiente: es la suma que como minimo debería hoy abonarse en caso de que el siniestro hubiera ocurrido en el presente"

¿Cómo votaron los jueces?

las Dras. Gomez Ansede y Farina votaron en igual sentido y comparten los fundamentos del voto que integra el Acuerdo. El bloque dispositivo final del Tribunal se condice con la propuesta mayoritaria arriba transcripta.

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