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Primera Instancia

GARGIULO MARTIN MIGUEL C/ MONTSER COA S.R.L Y OTRO/A S/ DIFERENCIA INDEMNIZACION

El actor reclamó créditos salariales e indemnizatorios por la extinción de un contrato de trabajo en la industria de la construcción. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda contra MONTSER COA S.R.L., rechazó la demanda contra el codemandado Ceriotti, declaró inconstitucional el art. 55 de la ley 27.802 y actualizó el crédito por IPC + 3% alcanzando $50.091.943.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 5 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
27413
Despido Creditos laborales Actualizacion ipc + 3% Inconstitucionalidad art. 55 ley 27.802 Ley 22.250 Art. 80 lct Sancion procesal art. 53 ter ley 11.653 Responsabilidad societaria (ley 19.550) Costas y regulacion de honorarios. (obs.: en las lineas de normas y fallos se consignaron los textos y referencias tal como aparecen en la sentencia Donde el ano o datos completos no surgen textualmente del auto se dejo - conforme la instruccion.)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor)

Martín Miguel GARGIULO.

A quién se demanda (Demandado)

MONTSER COA S.R.L. y, subsidiariamente, Omar Juan Carlos CERIOTTI.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Créditos salariales adeudados (1° y 2° quincena de julio y agosto de 2019; días trabajados de septiembre de 2019; 1° cuota SAC 2019), liquidación final (SAC y vacaciones proporcionales), entregas de certificaciones art. 80 LCT e indemnización por su incumplimiento, indemnizaciones previstas en arts. 18, 19 y 30 de la ley 22.250, fondo de cese laboral, sanción procesal art. 53 ter ley 11.653, entre otros rubros; se solicitó además la extensión de responsabilidad al codemandado CERIOTTI.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Se declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802; se rechazaron los rubros gratificación por obra, deuda responsable de ejecución, art. 132 bis LCT, bono fin de año y horas extras; se rechazó la acción contra Omar Juan Carlos Ceriotti por no hallarlo responsable; se hizo lugar parcialmente a la demanda contra MONTSER COA S.R.L. y se condenó a la sociedad a pagar al actor la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES NOVENTA Y UNO NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES ($50.091.943) en el término de 10 días, suma resultante de actualizar el capital histórico por IPC + 3% de interés conforme art. 276 LCT (aplicando el criterio declaratorio frente a la inconstitucionalidad del art. 55 L. 27.802). Se impusieron costas a la demandada y se reguló honorarios.

Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales)

(Se consignan los párrafos más relevantes en lenguaje original del tribunal)

"1.- Declarando la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 7.

...

4.- Haciendo lugar parcialmente a la demanda incoada por Martín Miguel GARGIULO contra MONTSER COA S.R.L., en cuanto reclama créditos salariales adeudados (1° y 2° quincena de julio y agosto de 2019, días trabajados de septiembre de 2019, 1° cuota SAC 2019), SAC y vacaciones devengados proporcionalmente hasta la extinción del contrato de trabajo, entrega de constancias documentadas art. 80 LCT, indemnización art. 80 LCT, indemnizaciones arts. 18, 19 y 30 ley 22.250, indemnización por fondo de cese, y sanción procesal art. 53 ter ley 11.653.

5.- Condenando a MONTSER COA S.R.L. a abonar al Sr. Martín Miguel GARGIULO en el término de diez (10) días de notificada la presente la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES NOVENTA Y UNO NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES ($50.091.943), suma comprensiva del capital histórico actualizado en los términos del art. 276 LCT (T.O. art. 54 y ccts. ley 27.802); y a poner a disposición las certificaciones previstas en el art. 80 LCT -en formato físico y/o en forma digital- conf. ley 27.802, bajo apercibimiento de aplicar sanción conminatoria prevista en el art. 804 y ccts. CCyC."

"Del régimen legal reseñado se desprende que la ley establece dos sistemas distintos de tratamiento del crédito laboral, según se trate de juicios iniciados con posterioridad o anterioridad a su vigencia, lo que impone analizar la validez constitucional de la regla transitoria... A mi juicio, ello implica una confusión conceptual, ya que la actualización tiene por finalidad mantener el valor real del crédito, mientras que los intereses resarcen la mora; sin embargo, la norma combina ambas funciones en un único parámetro, lo que resulta técnicamente inadecuado y desnaturaliza ambas finalidades, comprometiendo la adecuada recomposición del crédito."

"En consecuencia, conforme surge del cuadro liquidatorio expuesto más arriba, el crédito de la parte actora -capital histórico adeudado- ($770.515,02), actualizado por IPC + 3% de intereses, arroja al tiempo de esta sentencia un total de PESOS CINCUENTA MILLONES NOVENTA Y UNO NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES ($50.091.943)."

Votos / mayorías

La Sra. Jueza Mariela Elvira Sosa votó con los fundamentos transcritos; los Sres. Jueces Daniel Sanchez Sierra y Fabio Alberto Arechabala adhirieron al voto. El bloque dispositvo final (FALLA) fue firmado por los tres jueces y prevalece por mayoría.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Valdez c/ CintioniCSJN
  • Saavedra c/ EleprintCSJN
  • Vizzoti
  • "Romero Ana Laura C/ Alonso Rey Barbara y otro/A S/ Despido"Tribunal de Trabajo Nro. 5 (La Plata) · 31/03/2026
  • "MARTIN, MARTIN HERNAN C/COSTA, DANIEL OSCAR Y OTRO/A S/ DESPIDO"Tribunal de Trabajo (mencionado) · 13/03/2026

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