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Primera Instancia

CORIA MARIANA BEATRIZ C/ ISS ARGENTINA S.A. S/ DESPIDO (8)

La actora promovió demanda por despido y reclamos salariales y convencionales contra ISS Argentina S.A. El Tribunal hizo lugar íntegramente a la demanda y condenó a la demandada al pago de $110.889,35 más actualización y al otorgamiento del certificado de trabajo y aportes previsionales, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN ISIDRO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-29715-2021
Despido Indemnizacion Art.247 lct Art.45 ley 25.345 Certificado de trabajo Actualizacion monetaria ley 27.802 Costas Intimacion ley 25.323 Liquidacion Tribunal de trabajo

¿Quién es el actor?

MARIANA BEATRIZ CORIA, por su apoderado Dr. Matías Rubén Crimer.

¿A quién se demanda?

ISS ARGENTINA S.A., representada por Dr. Ariel Puebla.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnizaciones laborales por despido (indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes), rubros salariales adeudados (sueldo proporcional de octubre/2019, SAC, vacaciones), sanciones por falta de entrega de certificados (art.45 ley 25.345) e indemnización por mora tras intimación (ley 25.323), más actualización y costas.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Trabajo N°3 hizo lugar a la demanda en todas sus partes y declaró procedentes los rubros liquidados por un total de $110.889,35 (subtotal $130.250,00 menos $19.360,65 ya percibidos). Ordenó actualización según art. 55 ley 27.802 desde el 1°/10/2019, pago en 10 días desde firmeza, imposición de costas a la demandada, obligación de extender certificado de trabajo y aportes previsionales en 30 días y reguló honorarios profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"el Tribunal RESUELVE:

1º) Hacer lugar a la demanda interpuesta en todas sus partes por MARIANA BEATRIZ CORIA contra ISS ARGENTINA S.A. a quien se condena a abonar las sumas de $ 110.889.

Propicio establecer la actualización monetaria conforme lo señalado por el art. 55 de la ley 27.802 desde que la suma fue exigible es decir 1° octubre de 2.019, dicha suma deberá ser abonada dentro de los diez días que dicha sentencia quede firme con las condiciones previstas en el art. 56 de la misma norma legal.

Mismo criterio se utilizará en caso de incumplimiento por parte del deudor del capital de condena, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 770 inc. c) del CCCN."

"Por todo lo expuesto practico la siguiente liquidación (art. 57 y 59 de la ley 15.057):

...

SUB-TOTAL...................................................$ 130.250,00

Menos lo ya percibido............$ 19.360,65

TOTAL......................$ 110.889,35

En relación a la actualización por depreciación monetaria tendré en cuenta lo establecido por el artículo 55 de la ley 27.802 modificatorio del art. 276 de la ley 20.744, desde que cada suma es exigible (para el caso desde el 1° de octubre de 2.019) a la fecha de esta sentencia."

Otras citas relevantes en voto dominante:

"la empleadora-demandada debe probar que ha actuado con la diligencia de una empresa de negocios, en autos considero que no lo ha hecho, es más ninguna prueba arrima a la causa en dicho sentido.

No logra acreditar ninguna de las circunstancias enumeradas en el art. 247 de la L.C.T ... Por lo tanto no habiendo probado dichas causales extintivas, considero que no se dan los presupuestos de fuerza mayor que consagra el art. 247 de la L.C.T., voto negativamente."

¿Cómo votaron los jueces?

los tres votos adhieren; la resolución surge de la mayoría (bloque dispositvo).

Normas que cita

  • Ley 27.802arts. 55, 56 · Ley de modernizacion laboral
  • CCCNart. 770 inc. c) · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 20.744 (LCT)arts. 21, 25, 26, 45, 57, 58, 74, 98, 103, 121, 122, 123, 137, 150 inc. a), 151, 156, 231, 232, 233, 245, 247, 80
  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 31, 34, 37, 57, 58, 67, 89
  • Ley 25.345art. 45 · Prevencion de la evasion fiscal
  • Decreto 146/2001art. 3°
  • Ley 25.323art. 2 · Contrato de trabajo
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2, 9, 15 inc. d), 28 inc. h), 43, 54, 57 in fine
  • ACORDADA SCBA N° 3938/19 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)arts. 175, 179, 187, 193, 207, 215
  • CPCC (Prov.) (Provincia De Buenos Aires)arts. 330, 354 inc. 1º, 511, 67 (mencionado), 37, 375 (mencionado como art. 375 CPCC en texto)
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Catalano, Mauro c/ Sealy Argentina S.R.L. y ot. s/ IndemnizaciónSCBA · 06/10/2010

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