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Primera Instancia

RODRIGUEZ LUIS NICOLAS C/ ASOCIART S.A ART S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor promovió demanda de fijación de honorarios por actuaciones en expediente administrativo SRT N° 216363/25 por divergencia en la determinación de la incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de pago y reguló honorarios en 6,67 jus arancelarios con más adicional de ley, imponiéndolos a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - SAN NICOLAS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SN-7566-2026
Fijacion de honorarios Honorarios extrajudiciales Ley 14.967 Art/comisiones medicas Excepcion de pago Regimen de riesgos del trabajo Ley 27.348 Jus arancelarios Costas Intimacion de pago

¿Quién es el actor?

Dr. Luis Nicolás Rodríguez, abogado, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

ASOCIART ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales extrajudiciales correspondientes a la intervención del actor en el expediente administrativo SRT N° 216363/25 (Comisión Médica N° 31 B, delegación San Nicolás) por divergencia en la determinación de la incapacidad del trabajador José Luis Esquivel.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de pago opuesta por la demandada y se hizo lugar a la demanda; se regularon honorarios a favor del Dr. Rodríguez en la suma equivalente a 6,67 jus arancelarios con más su adicional de ley, a cargo de ASOCIART ART S.A.; se intimó a la demandada al pago de tasa de justicia de $7.815 y demás contribuciones en cinco días; se impusieron costas a la accionada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Dr. LUIS NICOLAS RODRIGUEZ, asesoró y acompañó al trabajador a la audiencia médica de fecha 24/10/2025... La Comisión Médica 031 B dictaminó el 01/12/2025, una incapacidad laboral permanente parcial definitiva de 3.88%."

"En el marco del expediente administrativo citado... acordando las partes en la Audiencia el pago definitivo de $ 6.276.725,90, acuerdo validado por el titular del Servicio de Homologaciones... 19/12/2025."

"El artículo 37 de la Resolución 298/17 de la SRT, dispone que la actuación oficiosa de los abogados patrocinantes de los trabajadores/as devengarán honorarios, los cuales se encuentran a cargo de las A.R.T., resultando de aplicación los porcentajes previstos en las disposiciones de la leyes de aranceles de cada jurisdicción local, siempre que se hubiera reconocido la pretensión reclamada por el damnificado."

"tal defensa [excepción de pago] resulta improcedente... surge claramente de la documentación acompañada por la propia excepcionante que los emolumentos fueron abonados a la Dra. Hernandez, por tanto no corresponde extender sus efectos cancelatorios a las labores efectuados por el Dr. Luis Nicolás Rodriguez."

"A consecuencia de lo anteriormente expuesto, de las pautas establecidas en los artículos 44 y 55 de la Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores (14.967) y la suma reconocida y abonada finalmente al trabajador... de $6.276.725,90 considero que ésta debe ser la base arancelaria y apreciación pecuniaria del asunto (arts. 21 y 44 inc. b, ley 14.967)."

"De tal modo, estimo prudentemente, en atención al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada... regular honorarios al doctor LUIS NICOLAS RODRIGUEZ en la suma equivalente a SEIS CON SESENTA Y SIETE (6,67) JUS ARANCELARIOS, con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967). Las costas deberán ser soportadas por la demandada (art. 24, ley 15057)."

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