BARRIOS MIGUEL ANGEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando prestaciones dinerarias. El Tribunal determinó el pago de $1.985.187,70 más intereses desde la fecha del siniestro (03/04/2018) aplicando la tasa activa promedio del Banco de la Nación y declaró inaplicable el DNU 669/19 en atención a la decisión de la Suprema Corte provincial.
¿Quién es el actor?
Miguel Ángel Barrios.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo conforme art. 14 apartado 2 inc. a) Ley 24.557 y art. 3 Ley 26.773 (sic; en el texto: ley 26773), monto fijado en sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Provincia ART S.A. al pago de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.985.187,70) en concepto de prestaciones dinerarias, con más intereses moratorios que se liquiden por Secretaría desde la fecha del siniestro (03/04/2018) hasta su efectivo pago conforme al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Arriban a este Tribunal establecidas las circunstancias fácticas fijadas, resultando incólume lo ponderado al respecto en el fallo de grado, así como las prestaciones y su cuantía que fueron allí ordenadas a favor del accionante. La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en su pronunciamiento declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, en el caso de autos, resultando el mismo en consecuencia inaplicable."
"Dable es recordar que las circunstancias fácticas fijadas por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires en el marco de su competencia y, consecuentemente, las directrices establecidas al disponer el reenvío de las actuaciones, deben ser observadas de modo inexorable por este Tribunal en la integración oportunamente dispuesta (SCBA L116.421, 'Lezana', Sentencia interlocutoria del 30-V-2012)."
"Determinar que sobre la suma de condena establecida en la sentencia dictada el 16/2/2021 de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.985.187,70) ... con más los intereses moratorios, que se liquiden por Secretaría desde el nacimiento de la obligación, es decir la fecha del siniestro (3/4/2018) y hasta su efectivo pago conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina (art. 768 inc. b) Código Civil y Comercial de la Nación -Ley 26.994-, art. 12 apartado 2° Ley 24.557 -t.o. art. 11 Ley 27.348), dada la declaración de inconstitucionalidad del Dec. 669/19 y su inaplicabilidad en el caso dispuesta por la SCBA, condenando a la accionada Provincia ART SA, a su pago al actor Miguel Ángel Barrios dentro de los diez (10) días de notificada la presente..."
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión fue adoptada por mayoría (voto de la Dra. Irigoin como preopinante, adhesión del Dr. Barciela y del Dr. Fernández), y el dispositivo final del Tribunal es el que se ejecuta.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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