LORENZO EDGARDO EZEQUIEL C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió demanda por indemnización por accidente de trabajo del 04/10/2021 por presunta minoración de la capacidad laboral. El Tribunal rechazó la demanda por no acreditarse la relación causal entre el evento y una minoración laborativa, apoyándose en la pericia médica que negó limitaciones anatomofuncionales según el Baremo.
¿Quién es el actor?
Edgardo Ezequiel Lorenzo, representado por el Dr. Juan Manuel De Gregorio.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Dr. Malcom Collingwood.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 04/10/2021 (hernia umbilical y secuelas) y reconocimiento de una incapacidad laboral que cuantifica en un 26%.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda por no haberse acreditado que, a resultas del accidente, el actor padezca minoración laborativa física atribuible al mismo (art. 726 CCC). Se imponen costas a la actora y se regulan honorarios periciales y de los letrados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El apartado 3 los tengo por inacreditado, atento lo terminante de la pericia médica en cuanto a que las lesiones que padece el accionante no guardan adecuado nexo de causlidad con la descripción del infausto.
En efecto, de la experticia médica presentada luego de un examen exhaustivo y con apoyatura en estudios complementarios dictamina las distintas patologías que enuncia el epígrafe y su incidencia en la minoración de la capacidad laboral del accionante, no presenta anomalías a nivel hernia umbilical."
"Habiéndose tenido por no probado, que el accionante padezca minoraciòn laborativa relacionada causalmente con el infortunio denunciado, toda vez que, de la experticia médica surge que conforme la entrevista, examen físico, estudios complementarios y documental médica analizada emana que existió evento dañoso, pero que el mismo no trajo aparejada minoraciòn laborativa alguna para el trabajador en relación de causalidad adecuada, sin limitaciones anatomofuncionales de acuerdo a lo establecido por el Baremo Ley 24.557, desapareciendo el sustento fáctico para la procedencia de la acción intentada, no quedando otro camino que pronunciarse por el rechazo en esta parcela (art. 726 CCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Rodríguez, Larequi y Torres votaron en igual sentido; el bloque dispositivo final corrobora el rechazo por mayoría.
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Normas que cita
- CCCart. 726
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Decreto 717/96
- Decreto 1475/15
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 16, 21
- Ley 8.904 (Provincia De Buenos Aires)art. 21-43
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 14, 16, 20
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