AYALA ESCUDERO LEONARDO GABRIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El actor solicitó la fijación de honorarios por su actuación ante la Comisión Médica Jurisdiccional y en sede judicial. El Tribunal rechazó la excepción de pago opuesta por la demandada y reguló honorarios en favor del actor (4 JUS por instancia administrativa y 7 JUS por instancia judicial), imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Dr. AYALA ESCUDERO LEONARDO GABRIEL.
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U., representada por el Dr. MACHADO JUAN ESTEBAN.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales extrajudiciales y judiciales por la labor desarrollada ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 391 de San Isidro y por su actuación en autos judiciales conexos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la excepción de pago opuesta por la demandada y se regularon honorarios a favor del actor: 4 JUS ($53.232 c/u → $212.928) por la actuación en la instancia administrativa y 7 JUS ($53.232 c/u → $372.624) por la actuación en sede judicial; asimismo se reguló para el Dr. MACHADO 7 JUS ($372.624) más aportes y eventual IVA; se impusieron las costas a la demandada y se fijaron plazos y forma de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, recibidas las actuaciones administrativas en su versión digital las actuaciones pasaron al Acuerdo para recibir pronunciamiento.
Consta en el expte. administrativo Nº 299533/24 iniciado con fecha 26.06.2024- en versión digital - agregado a la causa, que la Sra. ORELLANA FERNANDA DEL VALLE contó con la asistencia letrada obligatoria del abogado AYALA ESCUDERO LEONARDO GABRIEL desde la primera presentación y durante toda la sustanciación del expediente ... Asimismo surge de dicho instrumento que con fecha 9/9/21: se emitió dictamen que dispuso: 'Habiendo finalizado la gestión del expediente de referencia, Archívese.' ... Surge claro que la regulación de honorarios efectuado en las actuaciones: 'ORELLANA FERNANDA DEL VALLE C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL' (Expte. N° 54.787) y equivalente a 23,85 JUS a favor del Dr. AYALA ESCUDERO LEONARDO GABRIEL, corresponde por la labor desarrollada en la instancia judicial ... No surge mención alguna que los honorarios reconocidos ni regulados correspondan a su actuación en la instancia administrativa que diera origen a ese reclamo judicial.
Teniendo en cuenta lo expuesto y del análisis de las presentes actuaciones advierto que no se encuentran acreditados los extremos requeridos para acceder a la excepción opuesta de las actuaciones referidas.
ASI LO VOTO."
"Ahora bien, el último párrafo del art. 1 de la ley 27.348 establece que 'Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.).' ... Cabe destacar que toda constitución de patrocinio letrado en el ámbito administrativo donde el profesional cumplimente las exigencias requeridas para iniciar las actuaciones y transite las diferentes etapas hasta agotar dicha instancia, devengará necesariamente honorarios profesionales a cargo de las A.R.T. o E.A., independientemente que se logre o no el fin perseguido.
En consecuencia, a la luz de las probanzas rendidas, observando lo normado por los arts. 21, 44 inc. b y 55 de la ley 14.967 y RP SCBA 8732/26 considerando el valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada por el profesional peticionante y teniendo en cuenta el valor del jus arancelario ... propongo regular los honorarios del Dr. AYALA ESCUDERO LEONARDO GABRIEL en la suma equivalente a 4 JUS arancelarios ... por su actuación en la instancia administrativa y 7 JUS arancelarios ... por su actuación en sede judicial, y del Dr. MACHADO JUAN ESTEBAN en la suma equivalente a 7 JUS arancelarios ... con más el 10% de aportes de ley ... con más la incidencia del IVA ..."
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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