AQUINO SILVANA PAMELA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Solicitud de regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales ante la Comisión Médica por divergencia en la determinación de incapacidad. El Tribunal reguló honorarios a favor de la Dra. Silvana Pamela Aquino en 7,50 JUS por los trabajos extrajudiciales y 1,45 JUS por la regulación judicial, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Dra. SILVANA PAMELA AQUINO.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por trabajos extrajudiciales realizados en el expediente administrativo SRT 203343/24 (Comisión Médica Nº 126, Tandil) por divergencia en la determinación de incapacidad en favor de GIL WREDE MARIA DE LA PAZ, conforme art. 55 de la Ley 14.967.
¿Qué se resolvió?
Se regulan honorarios de 7,50 JUS por trabajos extrajudiciales con más el 10% del art. 2 Ley 10.268 e IVA, pagaderos por la demandada dentro de 60 días de quedar firme la sentencia; se imponen las costas a la demandada; además se regulan honorarios por el trámite judicial en 1,45 JUS con aportes e IVA. Se ordena apertura de cuenta judicial y notificación electrónica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que se presenta en autos la Dra. SILVANA PAMELA AQUINO solicitando se regulen los honorarios profesionales conforme lo establecido en el art. 55 de la Ley 14.967 por su labor llevada a cabo en el ámbito de la Comisión Médica Nº 126 de la ciudad de Tandil, en el marco del Expte. administrativo SRT 203343/24 con motivo de 'DIVERGENCIA EN LA DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD' en favor de GIL WREDE MARIA DE LA PAZ ."
"Por lo que corresponde valorar la actuación profesional en el indicado procedimiento que adquirió singularidad y autonomía permitiendo la obligada y necesaria intervención de la profesional letrada .-"
"Sin necesidad de otras consideraciones, por el trámite administrativo sometido a evaluación y consideración, sin contar con base económica, corresponde regular los honorarios de la Dra. SILVANA PAMELA AQUINO, teniendo presente el mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, en 7.50 Jus (arts. 1, 7, 16 inc. a), b), c), e), g) h), arts. 21, 43, 44 y 55 de la ley 14.967, arts. 36 y 37 y ccds. de la Resol. SRT 298/2017)."
(Se transcribe además la parte resolutiva final tal como aparece en el expediente:)
"REGULAR los honorarios de la Dra. SILVANA PAMELA AQUINO por trabajos extrajudiciales llevados a cabo en sede administrativa SRT 203343/24, en la cantidad de 7.50 JUS (art. 16, 21, 44 y conds. Ley 14.967) con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA, en caso de corresponder importes que deberán ser abonados por la demandada, dentro de los SESENTA DÍAS de quedar firme la presente sentencia, bajo apercibimiento de ejecución conforme lo dispuesto por el art. 70 de la ley de Presupuesto - Economía y Finanzas Nro. 15394, sancionada el día 15-12-2022 y publicada en el Boletín Provincial el día 29-Dic-2022.-
IMPONER las costas a cargo de demandada (art. 24 de la Ley 15057) .-
REGULAR los honorarios de la Dra .SILVANA PAMELA AQUINO por lo actuado en el presente trámite de determinación judicial de honorarios extrajudiciales, en la cantidad de 1,45 JUS, con más los correspondientes aportes legales e IVA en caso de corresponder (arts. 9, 16 incs. a, b. e. h, y ccds., 22, 43, de la Ley 14.967) .-"
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