RIVEROS JORGE LUIS C/ SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Incidente de regulación de honorarios extrajudiciales por actuación ante Comisión Médica para el trabajador Alfaro Federico Lionel. El Tribunal hace lugar al incidente y regula los honorarios del Dr. Riveros en 17,664 Jus arancelarios con más aportes de ley e IVA, ordenando pago en diez días hábiles y condenando en costas a la parte demandada.
¿Quién es el actor?
Dr. Riveros Jorge Luis, en causa propia, actuando como letrado del trabajador.
¿A quién se demanda?
Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires (autoasegurado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación y cobro de honorarios profesionales extrajudiciales por la actuación del letrado ante la Comisión Médica Nº124 en el expediente SRT 403711/2025 (y demás SRT indicados), respecto de prestaciones dinerarias por $12.730.537,68.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al incidente y se regulan honorarios para el Dr. Riveros en el equivalente a 17,664 Jus arancelarios, con más aportes de ley e IVA; las sumas deberán abonarse dentro de diez (10) días de notificada la sentencia; costas a la parte demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las presentes actuaciones en las que en fecha 5 de noviembre de 2025 se presenta el DR. RIVEROS JORGE LUIS como letrado en causa propia e inicia formal incidente de regulación de honorarios por su actuación ante la Comisión Médica N°124 en el marco de los expedientes SRT 224214/2025, SRT 437711/2025 y SRT 403711/2025 en favor del trabajador Sr. ALFARO FEDERICO LIONEL.-
...
De las mencionadas actuaciones surge que el monto de las prestaciones dinerarias asciende a la suma de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 68/100 ($12.730.537,68).-
Adelanto mi postura en cuanto a que la acción promovida debe ser declarada procedente conforme a las conclusiones a que arribara el Tribunal en los párrafos que preceden.-
...
El último párrafo del art. 1° de la Ley 27.348 coloca a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo, y en el caso de autos el Estado Provincial Autoasegurado, el pago de los honorarios profesionales que correspondan al patrocinio letrado del trabajador con motivo de su participación ante las Comisiones Médicas.-
...
En base a las argumentaciones de los párrafos precedentes, debe declararse procedente la acción tomando como monto de base de cálculo el determinado de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 68/100 ($12.730.537,68).-
Surge prístino entonces que la regulación de honorarios debe realizarse en el 30% de la regulación que correspondería de la escala del Art. 21 de la citada norma, por las tareas cumplidas por cada letrado actor.-
El total de la regulación asciende al equivalente a 17,664 Jus arancelarios para el Dr. RIVEROS JORGE LUIS con más aportes de ley e I.V.A..-"
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución fue adoptada por mayoría del Tribunal (votos de los Dres. López Arévalo y Benítez que proponen y adhieren; la Dra. Baldoni adhiere expresamente al criterio mayoritario y vota en igual sentido). No se registran disidencias que cambien el dispositivo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
Fallos que cita
- SCBA L 33.662SCBA · 18/09/1984
- SCBA LP L 121845SCBA · 27/07/2020
- SCBA L 94.961SCBA · 02/07/2010
- R 112.328, "Cabrera, Héctor Daniel v. Ruhl, Juan s/ Despido"SCBA · 06/10/2010
- Acuerdo 2579/93SCBA/Tribunal
- Res. 654/09SCBA
- Res. 225/11 SCBASCBA
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.