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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FERRU PAULINA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para cobrar capital, intereses y costas. El Tribunal hizo lugar a la demanda y mandó ejecutar hasta obtener el pago íntegro de $1.062.484,30 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, con costas a la demandada y regulación de honorarios diferida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
38175
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco provincia de buenos aires Falta de excepciones Costas Intereses articulo 104 codigo fiscal Monto $1.062.484 30 Art. 540 cpcc Regulacion de honorarios diferida Notificacion

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

FERRU PAULINA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial del capital reclamado por PESOS UN MILLÓN SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 30/100 ($1.062.484,30) más intereses devengados según el art. 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado más intereses; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor FERRU PAULINA haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 30/100 ($1.062.484,30) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

"REGISTRESE. NOTIFIQUESE (Art. 135, inc. 12 del CPCC y art. 13 de la ley 13.406)."

Leyes que cita

  • Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…

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