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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal mediante apremio provincial por cobro de deuda tributaria. El Tribunal declaró procedente la ejecución y ordenó la continuación del trance y remate hasta cobrar $483.245,40 más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal, con costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
93399
Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Intimacion de pago Domicilio constituido Intereses articulo 104 codigo fiscal Ley 13.406 Cpcc provincial Costas a la vencida Monto $483.245 40

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por capital reclamado en PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 40/100 ($ 483.245,40) y sus intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó continuar la causa de trance y remate hasta obtener el pago íntegro del monto reclamado más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal; se constituyó domicilio legal en estrados por apercibimiento y se impusieron las costas a la vencida; se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)

Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos.

Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.;"

¿Qué se resolvió?

"Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 40/100, ($ 483.245,40). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967).

Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado.

Regístrese y notifíquese."

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