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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ REI REPRESENTACIONES E INMUEBLES SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra REI Representaciones e Inmuebles S.R.L. para cobrar una deuda tributaria. El Tribunal ordenó proceder a trance y remate y la ejecución hasta el pago de PESOS 1.223.846,50 con intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal, imponiendo costas a la vencida y difiriendo regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
99703
Apremio provincial Ejecucion Trance y remate Intimacion de pago Intereses articulo 104 codigo fiscal Ley 13.406 Costas a la vencida Domicilio ad litem Deuda tributaria Monto $1.223.846 50

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

REI REPRESENTACIONES E INMUEBLES S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 50/100 ($ 1.223.846,50) más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al apremio; se mandó llevar adelante la ejecución (trance y remate) hasta tanto la demandada haga íntegro pago de $1.223.846,50; se aplicarán intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; se imponen las costas a la vencida; se difiere la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)

Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos.

Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.;"

"FALLO:

Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, REI REPRESENTACIONES E INMUEBLES S.R.L.; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 50/100 , ($ 1.223.846,50). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967)."

(Se consignan además la constancia de intimación y embargo agregados y la orden de registro y notificación.)

Leyes que cita

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