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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SOSA HERMANOS SOCIEDAD DE HECH S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió juicio de apremio fiscal reclamando impuesto automotor por título de deuda $1.529.650 correspondiente a los períodos 1 a 5 de 2025. El Tribunal hizo lugar a la demanda, con constitución de domicilio en los estrados, imponiendo costas y suspendiendo la ejecución mientras no se denuncie la caducidad o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
18206
Apremio fiscal Impuesto automotor Ejecucion fiscal Reconocimiento de deuda Plan de regularizacion Caducidad/incumplimiento Costas Homologacion de honorarios Domicilio constituido Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires, por su apoderada fiscal Dra. Lilian R. Almandoz.

¿A quién se demanda?

Sosa Hermanos Sociedad de Hech, citada en calle Lugones nro. 315, localidad de América.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago del impuesto automotor por título de deuda $1.529.650 por los períodos 1 a 5 de 2025; se promovió juicio de apremio el 12.8.26.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda de ejecución fiscal hasta tanto la demandada haga íntegro pago del monto reclamado, con más intereses a liquidar; se suspenden los efectos de esa ejecución mientras no se denuncie la caducidad o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió la demandada; se imponen las costas a la demandada; se difiere la homologación de honorarios hasta que se acredite la forma de cancelación de la deuda. Notificaciones y registro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El 12.8.26 el fisco de la provincia de Buenos Aires, a través de su apoderada fiscal, Dra. Lilian R. Almandoz, promovió juicio de apremio contra Sosa Hermanos Sociedad de Hech y reclamó el pago del impuesto automotor por los siguientes conceptos: título de deuda 1.529.650 por los períodos 1 a 5 de 2025."

"Se diligenció el mandamiento de intimación de pago contra el demandado el 13.10.26 --ver mandamiento diligenciado acompañado junto al escrito electrónico del 16.10.26--."

"Habiéndose citado a Sosa Hermanos Sociedad de Hech. en calle Lugones nro. 315 de la localidad de América y no habiendo comparecido ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24 ley 13.406; y arts. 41 y cc del CPCC)."

"Asimismo, la denuncia del Fisco de la provincia de Bs. As. mediante la presentación electrónica del 8.10.26 referente al acogimiento del demandado a un régimen de regularización, implica un reconocimiento de la pretensión del actor."

"En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda instaurada, con costas."

Bloque resolutivo (parte dispositiva, textos literales):

"1) Hacer lugar a la demanda de ejecución fiscal, hasta tanto Sosa Hermanos Sociedad de Hech haga íntegro pago del monto reclamado, con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente.-

2) Suspéndase los efectos de lo dispuesto en el punto 1 de la parte resolutiva, hasta tanto se denuncie la caducidad y/o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió la parte demandada (arts. 106, 107 CF; y 1641 y ss CCyC).-

3) Imponer las costas a la demandada (arts. 51 CCA; y 537, 556 y cc CPCC).-

4) Difiérase la homologación de honorarios al momento en que se acredite la forma de cancelación de la deuda (cfme., arts. 107 CF y 22, ley 13.406).-

Regístrese. Notifíquese."

Normas que cita

  • Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 10, 13, 24, 22
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 41 y cc, 537, 556 y cc
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 106, 107
  • CCyCart. 1641 y ss · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CCA (Provincia De Buenos Aires)art. 51

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