JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ROMERO GARCIA, ESCOLASTICO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajuste de haberes previsionales contra ANSeS por reconocimiento de haber recalculado y retroactivos. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, impuso las costas de esta instancia a la demandada y fijó honorarios ante la alzada en el 30% de lo que se regule en primera instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 012395/2025/CA002
Reajuste de haberes Anses Movilidad Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Ley 27.423 Impuesto a las ganancias Intereses moratorios Honorarios

¿Quién es el actor?

ROMERO GARCIA, Escolástico.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajuste de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; declaración relativa a inconstitucionalidad normativa vinculada a movilidad y medidas adoptadas por ley 27.541 y DNU; tratamiento del impuesto a las ganancias sobre retroactivos; intereses moratorios; costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo que fue materia de agravios, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU Nº 157/2018, impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme el artículo 36 de la ley 27.423, y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que se les regule en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2º) Ingresando al estudio de la queja de la accionada sobre los planteos vinculados a la Prestación Básica Universal, nos remitimos en lo pertinente, pudiéndose ingresar para su lectura a ... donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad de dicho componente, teniendo en cuenta las pautas establecidas en el fallo 'Quiroga' de la CSJN, se fijó el índice y método aplicable, en su caso. En consecuencia, se rechaza el agravio."

"4°) Con relación a los agravios relativos a los planteos formulados en relación a la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad de la normativa suspendida, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MULLER, Alejandro Reinaldo c/ A.N.Se.S s/ Reajuste de Haberes' ... y 'GOTTIG, José María c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS' ..., debiendo admitirse el agravio y movilizar el haber previsional conforme las pautas allí establecidas."

"9°) ... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Aníbal Pineda manifestó disidencia respecto de la solución propuesta en relación al tratamiento de la movilidad, remitiéndose a lo resuelto en autos "MORAS, Camilo Ángel ..." y expresando desacuerdo con la propuesta de las preopinantes en ese punto; dicha postura quedó en minoría y no modificó la parte dispositiva adoptada por la mayoría.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.541Emergencia publica

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