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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CASERA ESPINOZA SAMUEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio para cobrar $1.603.187,40 más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución (trance y remate) hasta obtener el pago total, imponiendo las costas al vencido y difiriendo la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA MATANZA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-26271-2026
Ejecucion por apremio Trance y remate Fisco provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Ley 13.406 Perdida del derecho por inaccion Costas al vencido Honorarios diferidos (ley 14967) Domicilio constituido Notificaciones scba.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

CASERA ESPINOZA SAMUEL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de Pesos UN MILLÓN SEISCIENTOS TRES MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 40/100 ($1.603.187,40) más intereses según art. 104 del Código Fiscal; se menciona además pago del Bono ley 8480.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución, ordenándose continuar con las medidas de trance y remate hasta que el demandado abone íntegramente el capital y los intereses; se impusieron las costas al vencido y se diferió la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. Se tuvo por constituido domicilio en los Estrados del Juzgado y se ordenó notificar conforme ley y acuerdos del SCBA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406).- Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :"

"I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLON SEISCIENTOS TRES MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 40/100 ($1.603.187,40) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).-"

"II.- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE - NOTIFIQUESE.- en los términos del art. 13 LAP.- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."

Normas que cita

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