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Cámara de Apelaciones

CARDOSO, RAUL OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor demandó a ANSES por reajuste y movilidad de haberes previsionales. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSES (revocó la imposición de costas y las distribuyó en el orden causado), confirmó la sentencia en lo demás y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 imponiendo costas a ANSES por haber resultado vencida en lo sustancial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 008131/2025/CA001
Reajuste de haberes Movilidad previsional Anses Costas Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Ley 27.423 art.36 Isbic Impuesto a las ganancias Ley 24.241 Honorarios

¿Quién es el actor?

Raúl Oscar Cardoso (titular de beneficio previsional bajo la ley 24.241).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y movilidad del haber previsional (reclamo de recalculo del haber inicial y ajustes vinculados, con aplicación de precedentes como "Makler", "Elliff" y criterio sobre índice ISBIC para eventual reajuste de la PBU).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación deducido por ANSES, se revocó la imposición de costas efectuada en primera instancia y se ordenó distribuirlas en el orden causado conforme el art. 36 de la ley 27.423 (última parte); se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, por ello, se impusieron las costas de la presente instancia a la ANSES vencida en lo sustancial; se regularon honorarios para la letrada del actor en un 32% de lo que se le regule en primera instancia y no se regularon honorarios para los letrados de la demandada (art. 30 y 2 de la ley 27.423). Se dejó presente la reserva del caso federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Según lo expuesto precedentemente, se observa que la decisión del magistrado de grado y la imposición a la ANSES no resulta acertada, por cuanto la pretensión sólo ha prosperado parcialmente. En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio propuesto, revocar la imposición efectuada en primera instancia y distribuirlas en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-."

"Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/6/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES vencida en lo sustancial, conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."

"Que, cabe rechazar el cuestionamiento de ANSES referido a la aplicación al presente caso del precedente de la CSJN “Makler, Simón c/ ANSES s/ inconstitucionalidad ley 24463” (sentencia del 20/05/2003). ... por lo que debe ser mantenida su aplicación en autos..."

¿Cómo votaron los jueces?

No hay voto en disidencia; ambos Jueces de Cámara adhirieron al voto principal.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.463Solidaridad previsional
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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