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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RIVERO LUIS OMAR S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial por $3.101.845,90 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado e intereses conforme art. 104 del Código Fiscal e impuso las costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA MATANZA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-27897-2026
Proceso de ejecucion Trance y remate Apremio provincial Fisco de la provincia de buenos aires Pago de capital $3.101.845 90 Intereses art. 104 codigo fiscal Ley 13.406 Costas al vencido Regulacion de honorarios ley 14.967 Notificacion acs. 4013/4039 scba

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

RIVERO LUIS OMAR.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de pago del capital reclamado de Pesos TRES MILLONES CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 90/100 ($3.101.845,90) más intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; apremio, trance y remate.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó continuar la causa de trance y remate y llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado abone el capital reclamado y los intereses; se impusieron las costas al vencido; se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley 14.967; se tiene por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado; se dispone notificación conforme normas citadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406).- Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :"

"I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos TRES MILLONES CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 90/100 ($3.101.845,90) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).-"

"II.- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE - NOTIFIQUESE.- en los términos del art. 13 LAP.- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta votación dividida en el texto aportado; se considera válido el bloque dispositivo final que resume la resolución del Tribunal.

Normas que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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