JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GARCIA JOSE MARIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por incumplimiento del pago. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y condenó al ejecutado al pago de $2.611.026,00 más intereses, con costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CAMPANA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
27567
Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda fiscal Titulo ejecutivo electronico Intereses Costas Domicilio constituido Trance y remate Ley 10.397 (codigo fiscal pba) Notificaciones electronicas

¿Quién es el actor?

Fisco De La Provincia De Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Jose Maria Garcia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por deuda fiscal conforme al título ejecutivo agregado electrónicamente, por la suma de Pesos Dos Millones Seiscientos Once Mil Veintiseis Con 0/100 ($2.611.026,00) más intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la ejecución; se manda continuar la causa de trance y remate hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago del capital reclamado ($2.611.026,00) con más intereses; se hacen las costas; se difiere la regulación de honorarios hasta liquidación firme; se tiene por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado por falta de cumplimiento de notificaciones formales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Colon - Nro. 292 - Cp. 2804 - Loc. Campana domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."

"II.- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."

Bloque dispositvo (FALLO):

"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Jose Maria Garcia haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Dos Millones Seiscientos Once Mil Veintiseis Con 0/100 ($2.611.026,00), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."

"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."

"3º) No habiendo el ejecutado dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.